El Instituto Social de las Fuerzas Armadas (Isfas) se apoya en la digitalización y
refuerza su sede electrónica para tramitar las solicitudes de sus afiliados. Es lo que recoge el
Boletín Oficial del Estado (BOE) publicado este mismo viernes, en la Resolución 4B0/38238/2022, de 2 de junio, del Isfas, sobre Cartera de Servicios de Asistencia Sanitaria.
De esta forma, en un solo trámite, los asegurados presentarán la solicitud y la documentación. Es decir, en la mayoría de los casos se elimina la exigencia de los
documentos originales. Así la sede electrónica se convertirá en el "cauce preferencial" para presentar solicitudes, aunque la realización de estos trámites por esta vía se irá
activando de forma paulatina.
"Este cambio supone la necesidad de requerir del afiliado una
declaración responsable de la autenticidad de los documentos aportados, junto con el consentimiento para contrastar la información con terceros, logrando así la necesaria
seguridad jurídica que el cambio conlleva", detalla el BOE.
Con esta resolución, se trabaja en la
regulación de la sede electrónica con el fin de lograr una "mayor transparencia y claridad normativa". En este sentido, estos cambios adoptados se enmarcan en las
diferentes actuaciones del vigente Plan Estratégico del Isfas, aunque su puesta en marcha se ha visto acelerada por la situación reciente de la pandemia del Covid-19.
Guardar las facturas originales durante 4 años
No obstante, el Isfas puede
solicitar la documentación que considere necesaria y "realizar de oficio las comprobaciones oportunas". Tal y como recoge el texto, estas acciones se pueden llevar a cabo para completar la documentación que se hubiera aportado con carácter previo a la resolución de la solicitud o
para verificar aquellos extremos que hubieran sido objeto de simple declaración, aun tratándose de solicitudes ya resueltas.
Por esta razón, los titulares tienen que
mantener las facturas originales y otros documentos de valor probatorio
durante cuatro años "contados desde la fecha de cobro de la prestación, tal y como establece el artículo 19 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre".
En el caso de que se hayan incumplido las condiciones y requisitos necesarios para la concesión, el Isfas podrá
solicitar el reintegro de los importes abonados a los afiliados.
Adecuar las condiciones de tramitación
En definitiva, estos cambios sirven para "adecuar las condiciones de
tramitación de las prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios de Asistencia Sanitaria del ISFAS". Los nuevos procedimientos son acordes con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la restante normativa aplicable.
En la actualidad, cerca de
600.000 personas tienen asistencia sanitaria a través del concierto de Isfas, donde participan las aseguradoras Asisa y SegurCaixa Adeslas. Este acuerdo está vigente durante los años 2022, 2023 y 2024 y su presupuesto se
incrementó en un 8 por ciento para el año 2022, de un 8,75 por ciento para el 2023 y hasta un 10 por ciento para el 2024, lo que supone un total de
1.620 millones de euros para los tres años.
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