El
seguro de salud se ha consolidado como uno de los pilares de la sanidad privada, impulsado por el crecimiento de facturación y de asegurados en 2025. En este contexto, la patronal del sector,
Unespa, ha propuesto
igualar el tratamiento fiscal de las pólizas individuales con el de los seguros colectivos y de autónomos, una iniciativa que
el Ministerio de Hacienda ha descartado al considerar suficiente la regulación actual del impuesto.
El ámbito de las coberturas sanitarias privadas no solo está bajo los focos, sino que ya tiene una
radiografía con cifras de récord. Es la propia patronal del sector, presidida por Mirenchu del Valle, la que desglosa los
principales datos que rodean a los seguros de salud. Así, recuerda que actualmente España cuenta con una
cartera de asegurados de 12,8 millones de personas, lo que representa al 26 por ciento de la población. “De ellas,
5,9 millones tienen pólizas individuales y 6,9 millones están cubiertas por seguros colectivos contratados por empresas”, constata Unespa.
Unespa propone equiparar el tratamiento fiscal de los seguros
Aquí llega el planteamamiento de la Unión Española de Aseguradoras y Reaseguradoras. El organismo de la
sanidad privada precisa que “las primas abonadas por las empresas por seguros colectivos de salud disfrutan de un tratamiento fiscal favorable”, mientras que las coberturas individuales no disponen de esta igualdad. “
En 1999 se eliminó la deducción del 15 por ciento en la cuota del IRPF para los seguros privados de salud, lo que ha acentuado la
diferencia de tratamiento fiscal entre los seguros individuales y los colectivos”, recuerda la patronal a lo largo de la conversación con
Redacción Médica.
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"Las primas abonadas por las empresas por seguros colectivos de salud disfrutan de un tratamiento fiscal favorable"
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Es en este punto en el que la entidad muestra su propuesta: “Resultaría oportuno plantear la
implantación de un régimen fiscal equiparable para las primas de seguros privados individuales, alineado con el ya vigente para los seguros colectivos empresariales y para los trabajadores autónomos”.
Con la sugerencia sobre la mesa, este periódico se ha puesto en contacto con el
Ministerio de Hacienda para esclarecer si este planteamiento está entre sus planes a corto plazo. E, incluso, si resultaría viable para el sistema actual.
La cartera, que desde finales de marzo está
liderada por Arcadi España,
no tiene intención de aplicar ningún cambio al modelo de regulación de impuestos de los
seguros de salud. Al menos, esa es una de las conclusiones que se puede extraer de las respuestas de Hacienda, que ahonda en por qué hace 27 años se realizó esta transformación fiscal.
“El cambio que se produjo en 1999 está motivado por la aprobación de la Ley 40/1998 (
Ley del IRPF) que
introdujo un cambio fundamental en la configuración del impuesto al eliminar incentivos fiscales vinculados a gastos personales y definir, en su lugar, una cuantía de base imponible no gravable por destinarse a satisfacer necesidades personales y familiares, es lo que se conoce como mínimo personal y familiar”, señala el Ministerio.
Esta es la base sobre la que se sustenta la justificación del departamento de
Arcadi España. De hecho, las fuentes consultadas por este periódico especifican que “en la actual regulación del impuesto, los
gastos personales, entre los que se incluyen los gastos sanitarios,
no tienen un incentivo fiscal concreto”. Esto, según señalan, “no significa que no se tengan en cuenta, ya que forman parte del mínimo personal y familiar, por lo que
sigue existiendo un mecanismo o sistema de reducir la fiscalidad para este tipo de gastos”.
Por otro lado, y haciendo referencia a la
comparativa empresarial en el sector de los seguros de salud, el Ministerio también toma la palabra.
“Este esquema es común en relación con otras partidas de gasto”, justifica la cartera. De hecho, para dar apoyo a sus palabras, pone un ejemplo: “El título de transporte público entregado para desplazarse desde la casa al trabajo está exento a diferencia del caso del billete comprado directamente por una persona”.
Las pólizas de salud y la “inequidad” fiscal
Que
los seguros de salud viven su máximo apogeo no es una novedad.
Redacción Médica ha informado sobre este asunto en las últimas semanas, pero lo cierto es que Unespa ya subraya la
“creciente aceptación como mecanismo como pago en especie” de estas pólizas. Esto se traduce en que cada vez son más las empresas que optan por incorporar estas coberturas entre los conceptos retributivos complementarios para sus trabajadores. Y cabe recordar que, como se ha mencionado anteriormente, 6,9 millones de estas pólizas están cubiertas por
seguros colectivos contratados por las entidades.
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"El seguro de salud es uno de los beneficios sociales más valorados entre la plantilla"
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“El seguro de salud es, de hecho, uno de los beneficios sociales más valorados entre la plantilla”, remata el organismo liderado por Mirenchu del Valle. Esto, según las declaraciones aportadas por la patronal, provoca que estas coberturas se posicionen como
“una herramienta de atracción y retención de talento”, a la par de ser una palanca que contribuye a “reducir el
absentismo laboral”.
Aquí llega la cuestión.
“Las primas abonadas por las empresas por seguros colectivos de salud disfrutan de un tratamiento fiscal favorable”, explica la entidad. ¿Por qué? Porque, según Unespa, esto se debe a que “al considerarse
rendimientos del trabajo en especie exentos de hasta 500 euros anuales por persona cubierta (1.500 euros en caso de discapacidad), el beneficio es extensible al trabajador, su cónyuge e hijos”.
Este tratamiento no se reduce únicamente a la plantilla de las
empresas. Ese es otro de los apuntes que voces de la patronal del sector asegurador revelan a lo largo de la conversación con
Redacción Médica. Así, especifican que este tratamiento fiscal favorable dispone de otros ‘beneficiados’.
Unespa hace referencia a que esta ventaja “
se aplica también a los trabajadores autónomos como gasto deducible en estimación directa, salvo quienes estén integrados en sistemas alternativos de previsión social”.
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"Genera una situación de inequidad tributaria que afecta a cerca de 5,9 millones de personas"
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Esa extensión tiene, no obstante, un ‘pero’. Según recuerda la patronal,
quedan excluidos de este régimen “los trabajadores por cuenta ajena con pólizas individuales y las personas jubiladas”. Es decir, este colectivo no dispone de esas mismas ventajas, lo que “genera una situación de inequidad tributaria que afecta a cerca de 5,9 millones de personas”. A aproximadamente el 12 por ciento de la población.
Es en este punto de conversación en el organismo de la sanidad privada se remonta a ese año 1999 en el que
se eliminó la deducción del 15 por ciento en la cuota del IRPF para las pólizas privadas de salud. Un cambio que, según declara la Unión Española de Aseguradoras y Reaseguradoras, “ha acentuado la
diferencia de tratamiento fiscal entre los seguros individuales y los colectivos”, explican estas voces.
Ese es el contexto que utilizan como referencia para lanzar la propuesta. “Esta medida de impulso del
seguro privado individual contribuiría a
aliviar la presión asistencial de los servicios públicos al usar el asegurado principalmente el ámbito privado para el cuidado de su salud”, insisten.
La propuesta, sin embargo, no parece tener más recorrido que el de un ofrecimiento que queda archivado. El Ministerio de Hacienda ya ha justificado la falta de deducciones en el seguro de salud, y todo apunta a que en un corto o medio plazo no se prevén cambios al respecto.
Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.