Desestimada la demanda contra Barnaclínic por competencia desleal

La patronal de la privada catalana acusó al Hospital Clínic de Barcelona de aprovechamiento de recursos públicos humanos

Viernes, 01 de mayo de 2015, a las 13:20
Redacción. Barcelona
El Juzgado Mercantil 7 de Barcelona ha desestimado la demanda contra la actividad privada que lleva a cabo el Hospital Clínic de Barcelona a través de Barnaclínic, que fue acusado de aprovechamiento de recursos públicos humanos para realizar actividad privada, según señala la sentencia. El fallo desestima “íntegramente” la demanda presentada por la patronal Asociación Catalana de Entidades de Salud (ACES), que también alegaba un delito de competencia desleal.

Primeramente, la sentencia señala que ACES carece de legitimación activa para interponer la presente demanda, y rechaza que se incurra en una situación de competencia desleal. Sobre las acusaciones de la patronal de “riesgo de confusión” de ambas entidades, descarta que se produzca por el hecho de que Barnaclínic y Hospital Clínic forman una única realidad empresarial.

En su opinión, los actos realizados por Barnaclínic no son susceptibles de crear confusión en el consumidor, en relación a la crítica de ACES sobre una presunta falta de claridad sobre la doble vía de acceso a la atención sanitaria del centro.

Sobre la “supuesta” competencia desleal

“Las conclusiones de la parte actora llevarían al absurdo de considerar que como hay riesgos de actos de competencia desleal en el mercado, debe prohibirse la actividad económica general, para que estos no se produzcan”, señala el fallo, que acusa a los demandantes de extraer párrafos interesados de un informe de Grant Thornton para fundar su acusación.

Según el juez, “ni el referido informe ni la demanda realizan un análisis preciso sobre la incidencia de los supuestos actos de competencia desleal (en ningún caso acreditados a razón del análisis parcial e inconsistente realizado), habría tenido sobre el mercado sanitario y sobre la restricción de la competencia”.

“Al margen de que ninguna de las infracciones de normas legales ha resultado acreditada, tampoco aporta la parte actora elemento probatorio alguno que acredite que la supuesta vulneración de normas legales otorgó a las partes demandadas una ventaja competitiva y mucho menos una ventaja significativa”, añade.

ACES, partidaria de eliminar las prácticas desleales

La demanda fue presentada en julio de 2014 ante el Juzgado, después de que ACES considerara que el modelo de gestión y de prestación de servicios sanitarios del Clínic colisiona y perjudica a los intereses de las entidades sanitarias privadas que representa la citada patronal, que agrupa a 248 centros de salud privados.

La patronal ha remarcado en reiteradas ocasiones su voluntad de eliminar las prácticas desleales y contrarias a las normas de competencia que, a su juicio, se realizan desde Barnaclínic y el Clínic, y que se están expandiendo como paradigma a otros centros sanitarios públicos.

ACES, dice, defiende la necesidad de establecer unas reglas del juego claras y transparentes dentro del sector sanitario, y también de denunciar la situación de confusión que esta práctica, incide, genera en la ciudadanía.

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