La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (
CNMC) ha concluido en sus informes consultivos que las reformas normativas impulsadas por el Gobierno para modificar el marco legal sobre
entidades aseguradoras son más exigentes de lo que mandata Europa. Aunque valora la aplicación del principio de proporcionalidad para
reducir cargas de las aseguradoras de menor tamaño, recomienda “justificar o, en su caso, flexibilizar” la obligación de auditar el balance de solvencia de entidades pequeñas y cautivas, así como las restricciones a las
mutualidades de previsión social.
Los informes de la CNMC analizan tanto el anteproyecto de Ley como el proyecto de Real Decreto que modifican la
Ley de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras, además de su reglamento de desarrollo (ambos datan de 2015), con el objetivo de transponer la normativa europea que reforma el marco comunitario de solvencia.
¿Qué se propone en la nueva ley de aseguradoras?
El principal cambio que se quiere introducir es la incorporación de un
enfoque de proporcionalidad para que la normativa se adapte al tamaño y a la importancia sistémica de las aseguradoras. Para ello se plantea crear la categoría de entidades pequeñas y no complejas. La CNMC resalta que, con ese cambio, las entidades “disfrutarán de un régimen de gobernanza y reporte más sencillo, con menor frecuencia en la remisión de informes y exenciones en análisis técnicos complejos”.
Además, la adopción del silencio administrativo para la clasificación inicial de estas entidades
“agilizará el acceso al mercado”. También se introducen mejoras en la supervisión de la actividad transfronteriza, así como ajustes técnicos favorables a la inversión en acciones a largo plazo, para fomentar la inversión en la economía real.
Los 'peros' de la CNMC a la reforma normativa
La CNMC considera positivas estas modificaciones, pero advierte de que el Ejecutivo ha introducido “exigencias que van más allá de lo requerido por la normativa europea”, lo cual
“podría generar desventajas competitivas”. Por un lado, la Directiva comunitaria permite eximir a las entidades pequeñas y no complejas y a las causivas (aquellas sociedades que cubren riesgos de su propio grupo) de auditar su balance de solvencia para ahorrar costes, pero la normativa propuesta en España mantiene esa obligación.
Por otro, la reforma sí prevé un silencio administrativo desestimatorio para las entidades no pequeñas pero solicitan medidas de proporcionalidad individualizadas. Finalmente, se mantienen limitaciones que, según la CNMC, “
impiden a las mutualidades de previsión social fusionarse con entidades de distinta forma jurídica o expandirse fácilmente en la Unión Europea, lo que podría vulnerar el principio de neutralidad competitiva”.
Recomendaciones para la nueva ley de aseguradoras
Para “garantizar un equilibrio real entre la estabilidad financiera y la competencia efectiva”, la CNMC ha hecho públicas tres recomendaciones. En primer lugar,
flexibilizar el régimen de las entidades pequeñas y las cautivas, “reconsiderar la obligatoriedad de la auditoría” y ampliar el uso del silencio administrativo positivo. En segundo, reforzar la justificación de las medidas más estrictas adoptadas a nivel nacional “para asegurar que no constituyan barreras de entrada innecesarias o desproporcionadas”. Y en tercero, reconsiderar las restricciones a las mutualidades basadas únicamente en su forma jurídica “para respetar el principio de neutralidad competitiva”.
Además, la CNMC subraya la importancia de
desarrollar “rápidamente” las herramientas de actividad transfronteriza para que la integración del mercado único europeo compense el aumento de las cargas regulatorias locales.
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