Castilla y León y Muface amplían su acuerdo de gestión sanitaria a los mutualistas

La cantidad fija anual que abonará Muface al Sacyl por esta colaboración asciende a más de 13.000 euros

Lunes, 01 de febrero de 2016, a las 10:44
Redacción. Madrid
La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (Muface) y la Gerencia Regional de Salud de la Comunidad de Castilla y León han prorrogado su acuerdo de gestión sanitaria a este colectivo para el año 2016, tal y como publica el Boletín Oficial del Estado (BOE) este lunes.

María Dolores López de la Rica, directora de Muface.

En concreto, este acuerdo modifica la cláusula décima de su convenio de colaboración suscrita en el año 2010 y para su ejecución se inicie en el mismo ejercicio que se autoriza el compromiso de gasto, han de extenderse a ejercicios posteriores a aquel que se autoricen.

Esta nueva colaboración permite la búsqueda de la mejora de la prestación de la asistencia sanitaria de este colectivo. Para ello, la receta electrónica se configura como un elemento clave para lograr ese objetivo, por lo que tanto Muface como Castilla y León están iniciando las acciones necesarias para la implantación gradual de un sistema de receta electrónica destinado a los funcionarios en todo el Sistema Nacional de Salud (SNS).

Con el fin de contribuir a lograr este objetivo, ambas administraciones manifiestan su voluntad de colaborar para que el apoyo técnico-sanitario objeto de este convenio pueda irse adaptando paulatinamente a las necesidades que se requieran según se vaya produciendo la implantación del sistema de receta electrónica de Muface.

Asimismo, la cantidad a abonar por Muface la Gerencia autonómica asciende a 13.132,34 euros, de acuerdo con el incremento del 0,1 por ciento del IPC general. Por tanto, el importe del gasto que representa la colaboración para Muface en 2016 es de 15.106.312 euros.

El presente acuerdo de encomienda de gestión entrará en vigor el día de la fecha, pudiendo prorrogarse por periodos anuales por mutuo acuerdo expreso y por escrito de las partes, antes de la fecha en que finalice su vigencia, salvo denuncia expresa de cualquiera de las partes, que deberá formalizarse por escrito con una antelación mínima de tres meses al cierre del ejercicio presupuestario anual.

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