Sobre la jornada laboral del facultativo y sus derechos

Julián Ezquerra especifica el número máximo de guardias y descansos que debe hacer cada médico

Julián Ezquerra

09 ene 2024. 07.00H
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¿Cuál es el descanso correspondiente a una guardia médica? ¿Cuál es el máximo de horas que debería hacer un facultativo a la semana? La respuesta a estas y a otras preguntas sobre las condiciones de trabajo del colectivo sanitario las trae Julián Ezquerra en este nuevo episodio de su pódcast 'Desde mi atalaya' en el que pretende aclarar cualquier concepto relativo a los derechos del personal estatutario con respecto a la jornada laboral



Tal y como asegura el experto, a día de hoy, no todo el colectivo conoce cuáles son los descansos establecidos por ley y el tope de horas semanales que puede realizar una vez sume su jornada a las guardias, haciendo que se complique así el proceso cuando llega el momento de reclamar. 

Número máximo de guardias médicas al mes 


Como punto de partida, Ezquerra especifica las diferencias existentes entre las condiciones del personal médico y las que mantienen el resto de funcionarios en el sistema público, debido a la existencia de un Estatuto Marco específico para el colectivo sanitario que establece, por ejemplo, formas determinadas de acceso a una plaza mediante el modelo de concurso-oposición, tipo de guardias y tiempos de descanso aparejados. 

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En cuanto a las horas trabajadas, el facultativo lamenta que, en ciertos centros sanitarios, no se respete el descanso obligatorio que sucede a las guardias en fin de semana o el número máximo de jornadas extraordinarias que debería hacer un trabajador al mes, sobre todo en ciertas especialidades médicas. En este sentido, el experto reclama la integración de compensaciones cuando se traspasen los cauces establecidos en el marco normativo y se realice un exceso de horas, más allá de los reposos ya existentes. 

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