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Pediatría, el primer eslabón de apoyo sanitario a los niños trans

La Aepap ve necesario un mayor conocimiento de guías y protocolos por parte de los profesionales

Pedro Gorrotxategi, vicepresidente y pediatra de atención primaria Gipuzkoa.

28 jun 2021. 11.20H
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Los pediatras de Atención Primaria son los primeros especialistas a los que acuden los niños y niñas trans y sus familias en búsqueda de información, asesoramiento y apoyo. Por ese motivo, a pesar de no ser un problema médico, estos profesionales defienden el importante rol que desempeñan para evitar las consecuencias psicológicas del rechazo social.

Con motivo de la celebración del día internacional LGTBI+ el 28 de junio, la Asociación Española de Pediatría de Atención Primaria (Aepap) explica, a través de Pedro Gorrotxategi, vicepresidente y pediatra de Atención Primaria Gipuzkoa, los pasos que se deben seguir para un correcto abordaje de la situación: “Lo principal es que el menor no sufra. Tenemos que acompañarle en su tránsito y dejar que sea él quien marque el ritmo según sus deseos. Nosotros le acompañaremos y ayudaremos en todo momento”.

En este sentido, el apoyo psicológico es clave. En palabras de Gorrotxategi, “es importante que entiendan que su situación no es única y que puede ayudarles ponerse en contacto con asociaciones de familiares de niños y niñas trans”.

Por su parte, el pediatra de Atención Primaria José Emilio Callejas, que en los últimos años ha atendido varias consultas relacionadas con la transexualidad en niños y niñas, señala que el perfil de los menores de edad que suelen acudir al pediatra de AP es el de “niños pequeños, incluso de tres, cuatro o cinco años, que acuden acompañados de sus padres”.


Piden mayor conocimiento de los profesionales 


Las familias “ven en ellos una tendencia, en sus juegos y relaciones, que no va en línea con su sexo asignado al nacer y, a menudo, acuden preocupados por los problemas de convivencia que esto les pueda ocasionar, así como por el fracaso que pudiera suponer en el desarrollo personal del menor”.

Por este motivo, este especialista defiende la necesidad de un mayor conocimiento por parte de los profesionales sanitarios de los distintos protocolos y guías de actuación en las diferentes comunidades autónomas y una ley común que proteja a todos los menores. 

"Lo principal es que el menor no sufra. Tenemos que acompañarle en su tránsito y dejar que sea él quien marque el ritmo según sus deseos."


En relación a los distintos tratamientos, Pedro Gorrotxategi, afirma que la primera intervención hormonal es la de frenar el desarrollo de los caracteres sexuales secundarios por medio de análogos de la hormona GNRH: “Se inicia cuando el niño o la niña ha alcanzado el desarrollo de Tanner 2 (grado de crecimiento inicial de los testículos o las mamas)”. Este iría seguido de la terapia hormonal cruzada, que se suele hacer hacia los 14 o 16 años, mientras que las intervenciones quirúrgicas se pueden realizar cuando sea mayor de edad, a partir de los 18 años.

Otro aspecto importante, según este profesional, es que estos niños y niñas tienen derecho a una preservación de la fertilidad antes de iniciar la terapia hormonal cruzada y que no es obligatorio que todos los niños y niñas trans realicen los tres tipos de tratamiento: “Los tratamientos existen, están a su disposición y se realizaran los que ellos y ellas deseen para sentirse mejor”.

Un proyecto de ley para proteger a los niños y niñas 


El 26 de marzo de 2021 se presentó una Proposición de Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans en el Congreso de los Diputados, con el objetivo de que se les reconozca su identidad de género libremente manifestada, sin necesidad de prueba psicológica o médica, para que se les trate en todos los ámbitos de acuerdo a su identidad de género, hayan o no realizado la rectificación registral con respecto del género y que para realizar la rectificación registral no se exija más requisitos que la declaración expresa de la persona interesada o de sus representantes, sin estar condicionado a informe médico o psicológico o a tratamiento médico o quirúrgico para modificación de la apariencia, como se exigía en la legislación previa.

En los aspectos sanitarios recoge los tratamientos hormonales y quirúrgicos como prestaciones del Sistema Nacional de Salud y la posibilidad real y efectiva de acceder a las técnicas de congelación de tejido gonadal y de células reproductivas. Estos aspectos, dependen de las comunidades autónomas y ya estaban recogidos en varias leyes autonómicas, siendo su universalización el objeto de la norma.

De esta manera, se cumplen aspectos importantes que reclamaban, tanto las asociaciones de padres y madres de menores con estas características, como los profesionales de Pediatría de Atención Primaria.

Acceso sin restricciones a los tratamientos hormonales


Las asociaciones de padres de niños y niñas han denunciado los problemas de falta de suministro de los productos hormonales necesarios para el tratamiento. Algunos de ellos no están financiados. Los productos financiados que contienen exclusivamente estrógenos se debe adquirir un envase cada cuatro días, no estando financiados los de mayor duración.

Otros productos han estado periodos de entre uno y cinco meses con problemas de suministro, lo que dificulta la continuidad de tratamiento, tan necesaria, en estos niños y niñas.

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