Sumar quiere 3 perfiles sanitarios con rango de autoridad en cada prisión

Sus enmiendas a esta normativa tienen un enfoque especial hacia la salud mental, con planes antisuicidio

Ambulancia frente a la cárcel de Soto del Real.

03 oct 2024. 16.20H
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Los partidos políticos ya han presentado sus enmiendas al articulado a la proposición de ley que dota a los funcionarios de prisiones, entre ellos los sanitarios, el estatus de agentes de autoridad. Para avanzar en esta medida, Sumar introduce entre sus peticiones la obligatoriedad de contar no solo con un médico general, sino también con un psiquiatra y un psicólogo clínico para garantizar la atención física y mental de los reclusos. Además, se prestará especial atención a la prevención del suicidio, y se garantizará el tratamiento psiquiátrico para los internos que lo necesiten.

En concreto, estas peticiones se recogen en la enmienda número 10, que modifica el artículo 36 de esta norma que, hasta ahora, solo recogía la necesidad de contar con un Médico general con conocimientos psiquiátricos encargado de cuidar de la salud física y mental de los reclusos y de vigilar las condiciones de higiene y salubridad en el establecimiento.

Por otra parte, se mantiene la posibilidad de que estos profesionales soliciten la colaboración de especialistas y la necesidad de contar con un Ayudante Técnico Sanitario, así como servicios de un médico Odontólogo y de personal auxiliar adecuado. También conserva la opción de que los internos puedan solicitar “a su costa” los servicios médicos de profesionales ajenos a las instituciones penitenciarias, “excepto cuando razones de seguridad aconsejen limitar este derecho”. 


Sanitarios como agentes de autoridad


La proposición de ley del PSOE que ya paso el primer filtro en el Congreso de los Diputados el pasado mes de junio (cuando se admitió a trámite),  busca modificar el artículo 80 de la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, para que los sanitarios sean reconocidmos como agentes de la autoridad junto al resto de funcionarios de prisiones. Según explicó en su momento el diputado socialista José Luis Aceves, esta medida responde a la necesidad de ofrecer seguridad jurídica y reconocimiento a los profesionales que desempeñan su labor en un entorno tan complejo como el penitenciario.

Según la proposición de ley, otorgar a los médicos y a los demás funcionarios de prisiones el estatus de agentes de autoridad permitirá reconocer la singularidad de su trabajo y dará "relevancia probatoria" a los informes que redactan en procedimientos administrativos y judiciales. Además, también recoge la obligación de la administración de compensar económicamente a estos profesionales en caso de sufrir daños personales o materiales durante el desempeño de sus funciones.


Establecimientos con carácter asistencial


Otra de las enmiendas relacionadas con cuestiones sanitarias planteadas por Sumar se encuentra en la modificación del artículo once, que señala que los establecimientos especiales como centros “en los que prevalece el carácter asistencial”. En concreto, recoge tres tipos, que se mantienen en la ronda de enmiendas: los centros hospitalarios, los psiquiátricos y los de rehabilitación social, para la ejecución de medidas penales, de conformidad con la legislación vigente en esta materia.

La novedad en esta octava enmienda llega en la adición del segundo punto, que establece que, con el fin de garantizar la reinserción de las personas internas, “existirá al menos una unidad psiquiátrica en cada centro penitenciario, asegurando así la proximidad y coordinación con los recursos comunitarios y asistenciales de la comunidad donde reside el interno o la interna que padezca patologías mentales”.


Reformas en hospitales psiquiátricos


Sumar también introducen la adición de una primera disposición en su enmienda número once, que señala que, “en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley, se llevará a cabo lo previsto en la disposición adicional sexta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, relativa a la transferencia a las comunidades autónomas de los servicios e instituciones sanitarias dependientes de Instituciones Penitenciarias”.

“Además, se llevarán a cabo las oportunas reformas para que los establecimientos psiquiátricos forenses, como los hospitales psiquiátricos Penitenciarios gocen de plena separación institucional y funcional del servicio penitenciario, dado el diferente espíritu y perfil de personal que los caracteriza”, añade.
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