Moncloa apela a la ley actual para proteger a sanitarios que hacen abortos

El Gobierno asegura que la normativa vigente protege a los médicos, sancionando a quienes obstaculicen este derecho

Exterior del Congreso de los Diputados.

16 dic 2024. 15.40H
SE LEE EN 5 minutos
0
Los profesionales de las clínicas de interrupción voluntaria del embarazo (IVE) están protegidos por una reforma del Código Penal que penaliza con hasta un año de prisión el acoso a quienes garantizan este derecho. Así lo explica el Gobierno en respuesta a una consulta parlamentaria de Sumar, en la que detalla que las medidas legales que buscan proteger tanto a las mujeres como a los trabajadores sanitarios de actos intimidatorios o coactivos proporcionan la seguridad jurídica necesaria.

Para el Ejecutivo, la legislación actual es suficiente para garantizar la seguridad jurídica de todos los implicados en los procesos de interrupción voluntaria de embarazo. Lo justifica con la Ley Orgánica 4/2022, que modifica el Código Penal para sancionar los actos de acoso a mujeres y profesionales en las clínicas de aborto.

Según recoge la respuesta parlamentaria, esta normativa tipifica como delito cualquier acto “molesto, ofensivo, intimidatorio o coactivo” dirigido a obstaculizar el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo o el ejercicio profesional de los sanitarios.


Protección legal a sanitarios que practican abortos


El texto legal establece penas de tres meses a un año de prisión, o trabajos en beneficio de la comunidad de entre 31 y 80 días para todo aquel que “obstaculice el ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo y acose a una mujer mediante actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos que menoscaben su libertad”.

“Las mismas penas se impondrán a quien, en la forma descrita en el apartado anterior, acose a los trabajadores del ámbito sanitario en su ejercicio profesional o función pública y al personal facultativo o directivo de los centros habilitados para interrumpir el embarazo con el objetivo de obstaculizar el ejercicio de su profesión o cargo”, añade la respuesta.

Además, en casos de especial gravedad, los tribunales pueden imponer la prohibición de acudir a determinados lugares durante un período de entre seis meses y tres años. Según detalla el Gobierno, se trata de una ley que está avalada por el Tribunal Constitucional, que avala la ley al no vulnerar derechos fundamentales como la libertad de expresión, de ideología o de reunión, argumento que a menudo esgrimían quienes protestaban frente a las clínicas IVE.


Un historial de acoso desde la despenalización


El acoso a los centros sanitarios donde se practican abortos no es un fenómeno nuevo. Desde la despenalización del aborto en 1985, los profesionales sanitarios han enfrentado episodios de hostigamiento por parte de grupos contrarios a este derecho.

El Gobierno subraya que la Ley Orgánica 2/2010, que permite el aborto libre en las primeras 14 semanas de gestación, y la reforma de 2022 buscan blindar la seguridad jurídica tanto de las mujeres que desean ejercer este derecho como de los profesionales que lo hacen. posible.

Sumar, sin embargo, plantea dudas sobre la efectividad de estas medidas, aludiendo a los casos de mujeres asediadas o cuestionadas frente a las clínicas. En su consulta, el grupo político pregunta si el Ejecutivo consideraba suficiente la legislación vigente para garantizar el acceso al aborto sin coacciones y si planeaba reforzar las medidas.

Es por esto que el Gobierno apunta a que la protección de los sanitarios es una de las garantías que buscan asegurar un acceso al aborto libre. La reforma de 2022 incluye explícitamente a los trabajadores del ámbito sanitario, así como al personal directivo de los centros habilitados para la interrupción del embarazo, dentro del marco de protección contra el acoso.

Estas no solo sancionan los actos intimidatorios, sino que eliminan la necesidad de denuncia previa por parte de las personas afectadas para que los hechos sean medidas investigadas. Este detalle facilita la intervención de las autoridades en casos de acoso, una práctica que había generado críticas por la falta de mecanismos ágiles para proteger tanto a mujeres como a profesionales.


Pasos de Sanidad en la protección del derecho al aborto


En los últimos meses, el Ministerio de Sanidad ha intensificado sus esfuerzos para garantizar el acceso equitativo a la interrupción voluntaria del embarazo en el SNS. Durante la conmemoración del Día Internacional de la Mujer, la ministra Mónica García anunció que su departamento estaba desarrollando un nuevo protocolo para mejorar aspectos clave como el acceso, el método y las derivaciones de los abortos, con el objetivo de consolidar este derecho dentro del marco constitucional.

Además, en junio, el Gobierno confirmó a través de otra respuesta parlamentaria que el protocolo para el registro de objetos de conciencia ya estaba en desarrollo. Este registro, según se destacó, permitirá gestionar los recursos humanos necesarios para garantizar la prestación del servicio en el SNS sin que ello implique discriminación hacia los profesionales que se acojan a la objeción.

El primer borrador del documento ya está listo y será presentado este lunes en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, donde podrá recibir la aprobación definitiva. Entre otros aspectos, establece que los registros de objetores serán gestionados de manera independiente por cada comunidad autónoma.

Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.