La Ley Trans incluye formación específica para especialidades médicas

Llega al Congreso la proposición de ley, que contempla medidas para una atención sanitaria integral de estas personas

Congreso de los Diputados.

17 mar 2021. 20.30H
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"Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su identidad de género libremente manifestada, sin la necesidad de prueba psicológica o médica". Así consta en la Proposición de Ley para la igualdad efectiva de las personas trans, registrada este miércoles en el Congreso de los Diputados por ERC, Más País, Compromís, Junts, Nueva Canarias y la CUP ante el bloqueo que mantiene la norma homóloga presentada por Irene Montero.

Las personas trans, defiende la propuesta a la que ha tenido acceso Redacción Médica, tienen derecho a que se respete y proteja su integridad física y psíquica y a recibir, por parte de las Administraciones Públicas, una atención integral y adecuada a sus necesidades. 

Para las personas trans mayores, reivindica su derecho a recibir una atención gerontológica adecuada a sus necesidades en diferentes ámbitos, entre ellos, el sanitario. 

La rectificación registral de la mención de sexo, plantea el escrito, "en ningún caso podrá estar condicionado a la previa exhibición de informe médico o psicológico alguno, ni a la previa modificación de la apariencia o función corporal de la persona a través de procedimientos médicos, quirúrgicos o de otra índole", independientemente de que pueda acceder a ellos. 

Según el documento, el Consejo de Ministros debe aprobar una Estrategia Estatal para la inclusion social de las personas trans que incorporará acciones positivas en los ámbitos educativos, laboral y sanitario; para lo que se llevarán a cabo estudios con distintos indicadores "para su adecuado seguimiento y evaluación".

Formación a los sanitarios en atención trans


Las Administraciones Públicas deberán promover la formación sobre identidad de género y personas trans a los profesionales del ámbito de la salud y la atención sanitaria específica a las personas trans se incluirá en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud.

"Dicha asistencia se realizará conforme a los proncipios de no patologización, autonomía, codecisión y consentimiento informado, no discriminación, asistencia integral, calidad, especialización, proximidad y no segregación", determina la proposición registrada esta jornada. 

Además, ninguna persona podrá ser sometida a procedimiento médico o psicológico "que coarte su libertad de autodefinición de la identidad de género". 

De la misma forma, se prohíben las terapias aversivas que supongan un intento de conversión, anulación o supresión de la identidad de género o que estén basados en la suposición de enfermedad o trastorno, destaca la propuesta. 

"La existencia de un diagnóstico de enfermedades psiquiátricas previas no obsta a la validez del consentimiento expresado para llevar a cabo la transición de género", explica el escrito. 

Tratamientos incorporados al SNS


Asimismo, el SNS incorporará en sus servicios: el tratamiento hormonal, comprendiendo tanto bloqueo hormonal como trtamiento hormonal cruzado; proceso quirúrgico genital, feminización corporal y masculinización de tórax; material protésico; la glotoplastia; y la congelación de tejido gonadal y células reproductivas. 

Los profesionales sanitarios deberán prestar especial atención a los problemas de salud derivados de las intervenciones, a los tratamientos hormonales, la salud reproductiva y los avances técnicos. Además, los profesionales de salud mental recibirán formación sobre enfoques no patologizadores en la atención a las personas trans. También se garantizará un número suficiente de profesionales especialistas en Pediatría. 

Otro de los artículos que contempla la ley es el referente al modelo de atención a la salud de las personas trans. Este estipula por ejemplo que se primará la atención ambulatoria, sin segregación en los itinerarios, y se respetará el itineario de tratamiento que elija la persona. 

Por otro lado, la ley también contempla protocolos de actuación en el ámbito de la salud. Estos se elaborarán de forma específica para garantizar la atención sanitaria integral a las personas trans, desde una perspectiva despatologizadora y teniendo en cuenta la pluralidad de identidades. 

Se añade también la posibilidad de crear equipos multidisciplinares de profesionales para diseñar servicios especializados en diversidad de género. Estos podrán, entre otros aspectos, dar apoyo a la atención ambulatoria y hospitalaria; apoyar a estas personas identificando sus demandas; formar a profesionales de la salud, especialmente a las especialidades que intervienen de forma directa en la atención a la salud de las personas trans; y también llevar a cabo labores de investigación.




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