Aprobada la Ley de Infancia, que blinda la sanidad en casos de violencia

El Congreso aprueba que los delitos no prescribirán hasta que las víctimas cumplan 35 años


15 abr 2021. 14.20H
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Con un sonoro aplauso ha celebrado el Congreso de los Diputados la aprobación de la Ley de Infancia, mediante la que se blinda la atención sanitaria de los niños y adolescentes víctimas de violencia. Además, la Cámara ha acordado ampliar otros cinco años el tiempo para que el delito prescriba, de forma que las víctimas podrán denunciar hasta los 35 años. Hasta ahora, este límite estaba fijado en los 18 años.

La enmienda ha sido pactada por PSOE, PP, Unidas Podemos, Ciudadanos, EH Bildu, Grupo Plural, Más País, BNG y el Grupo Republicano. A su vez, al texto inicial se han incorporado 200 de las casi 600 enmiendas que se habían registrado. Finalmente, la ley ha salido adelante con 268 votos a favor, 57 en contra (Vox y PNV) y 16 abstenciones. Su tramitación seguirá adelante en el Senado.

Mediante esta ley, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud creará una Comisión que garantice el derecho a la asistencia sanitaria de los menores. Este órgano contará con expertos de los institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses designados por el Ministerio de Justicia, así como profesionales sanitarios implicados “en la prevención, valoración y tratamiento de las víctimas de violencia contra los niños, niñas y adolescentes”.

Paralelamente, se establecerá un protocolo común de actuación sanitaria que deberá ser aplicado por todos los centros y servicios sanitarios que atiendan a un menor de edad víctima de violencia. Dicho documento incluirá “los procedimientos de comunicación de las sospechas o evidencias” de maltrato a niños o adolescentes a los servicios sociales correspondientes.

La Comisión también emitirá un informe anual con los datos disponibles sobre la atención sanitaria de las víctimas de violencia desagregados por sexo y edad, así como información sobre la implementación de las medidas con incidencia sanitaria contempladas en la ley.

Eliminación del Síndrome de Alienación Parantal 


Entre las modificaciones que se han incorporado a la ley destaca la eliminación del Síndrome de Alienación Parental (SAP), por el que algunos padres acusan a su expareja de manipular al menor en su contra. A su vez, se obligará a utilizar un testimonio grabado hasta los 14 años de la víctima para evitar su revictimización.

También se amplía de 6 a 12 meses el plazo para el cese de tutela de la administración sobre los menores en situación de desamparo que hayan abandonado voluntariamente el centro de protección y se encuentren en paradero desconocido.

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