El
Pleno del Congreso ha rechazado las
enmiendas de devolución de los grupos
VOX y
Popular al Proyecto de Ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, con 142 votos a favor, 199 en contra y cuatro abstenciones. Asimismo, la Cámara tampoco ha respaldado el
texto alternativo del Grupo Ciudadanos, con 329 votos en contra, 14 votos a favor y 2 abstenciones, por lo que la reforma que permite la
interrupción del embarazo a menores de 16 años continúa su tramitación parlamentaria.
El
registro de objetores de conciencia ha acaparado buena parte de un intenso debate. Como defensora de la enmienda presentada por parte de la bancada popular, la diputada
Marta González ha remarcado que los profesionales sanitarios son
“los más afectados” por este Proyecto de Ley redactado
“sin recabar su opinión”. “Los facultativos han mostrado su inquietud por las cuestiones que más les afectan, como el registro de médicos objetores de conciencia o la indicación de que los
abortos se practiquen en los centros sanitarios públicos”, ha subrayado.
En esta misma línea,
González ha defendido que la
Organización Médica Colegial (OMC) declaró que el registro de facultativos objetores
“no aporta beneficio alguno” y que sería “más útil” un registro sobre los profesionales dispuestos a realizarlos. “La expresión comienza a abrirse paso entre los profesionales del ámbito sanitario”, ha agregado, incidiendo en que
“la inmensa mayoría de médicos muestra su rechazo” a esta reforma.
'Lista negra' médica ante el aborto
“Cuestionar la objeción de conciencia es un ataque injusto a la profesión
‘lista negra’ médica”, ha puntualizado, señalando que el
Colegio de Farmacéuticos también ha reclamado este derecho a la objeción de conciencia ante la
dispensación gratuita de la píldora del día después.
Asimismo, los populares acusan a Igualdad de obviar
"una gran controversia jurídica, política y social" sin atender a expertos ni esperar informes. A su juicio, es un proyecto "innecesario, inoportuno y precipitado" con preceptos de "cuestionable constitucionalidad" que busca
“hurtar el debate parlamentario”.
Lourdes Méndez, como portavoz de VOX en el debate, ha defendido que “nunca puede considerarse un derecho matar a un ser humano”. La diputada del equipo de Santiago Abascal también se ha referido a la
objeción de conciencia, denunciando que la Ley provoca
"estigmatización" a los profesionales objetores. VOX remarca que el texto va “en contra del derecho natural, del sentido común y de la sacralidad de la naturaleza humana”.
Ante las acusaciones de PP y VOX, la portavoz socialista
Susana Ros ha solicitado el turno de respuesta para lamentar que las enmiendas presentadas “vienen a ratificar” que estos Grupos
“nunca están cuando las mujeres les necesitan”.
“Con sus enmiendas, quieren devolvernos a la España en blanco y negro y arrebatarnos una conquista de hace años”, ha señalado la diputada, subrayando que la Ley “no obliga a abortar,
solo amplía derechos para que las mujeres puedan decir ser madres o no, cuándo y cómo”.
Por su parte, la diputada
Sara Giménez ha centrado el debate en la gestación subrogada y la legalización de esta práctica en España. Según Giménez, esta reforma
"criminaliza a las familias de la gestación subrogada".
Claves de la reforma de la ley de salud sexual
Entre las medidas que propone esta norma, están prevenir y dar respuesta a todas las manifestaciones de la violencia contra las mujeres en el ámbito reproductivo, la elaboración de la
Estrategia Estatal de Salud Sexual y reproductiva y la interrupción del embarazo dentro de las primeras catorce semanas de gestación.
También regula la equidad en
"términos de gratuidad, accesibilidad y proximidad" de la prestación en todo el territorio y la objeción de conciencia a través de la creación de un registro de objetores de conciencia, "garantizando la seguridad jurídica y el respeto del derecho de las mujeres a interrumpir voluntariamente su embarazo".
Asmimso, incluye la
gratuidad de los productos de gestión menstrual en centros educativos, así como en centros penitenciarios y centros sociales. Por otro lado, reconoce la consideración de incapacidad temporal por "contingencias comunes aquella
baja laboral en caso de menstruación incapacitante".
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