El Parlamento Europeo ha aprobado una nueva Directiva con el objetivo de garantizar el principio de
igualdad de retribución entre hombres y mujeres que realicen el mismo trabajo en todo el viejo continente. El nuevo marco legal ha abierto la puerta a que los países miembros impongan
sanciones contra las empresas que
conciertan con la administración pública si se demuestra una brecha de género en su plantilla. Una medida que se puede traducir incluso en la
reversión de los contratos que ya están firmados en sectores como la sanidad.
“Esas sanciones pueden incluir distintos tipos de desincentivos financieros, como la revocación de beneficios públicos o
la exclusión, durante un período de tiempo determinado, de cualquier nueva concesión de incentivos financieros o de cualquier licitación pública”, reza la normativa avalada también por el Consejo de la Unión Europea, en el que tienen voz los principales ministros de todos los países.
La nueva norma subraya la importancia de que las compañías que accedan a concesiones o contratos públicos cuenten con
mecanismos de fijación de retribuciones que eviten las
diferencias salariales entre perfiles de la misma categoría profesional que realicen “un trabajo de igual valor que no pueda justificarse sobre la base de
criterios neutros con respecto al género”.
Para poder cumplir con estas condiciones, el Parlamento Europeo ha solicitado a todos los estados miembros que consideren incluir "
condiciones de rescisión" de los contratos públicos vinculados a estas razones o de exclusión para futuras licitaciones con la administración, incluso si su propuesta económica es la más “ventajosa” del procedimiento. “Los poderes adjudicadores también deben poder tener en cuenta el incumplimiento del principio de igualdad de retribución por parte
del licitador o de alguno de sus subcontratistas”, han insistido.
Brecha salarial del 5% y transparencia retributiva
Bruselas considera que cualquier brecha retributiva entre hombres y mujeres superior al
5 por ciento del salario siempre que no esté “justificada” con “criterios objetivos” será motivo para imponer este tipo de sanciones o de condiciones de rescisión de los contratos públicos. Mientras que también se podrá penalizar a las compañías que no cuenten con
los mecanismos de transparencia retributiva que se han desarrollado en la propia norma.
La nueva Directiva Europea reconoce también que, si además de la brecha salarial se demuestran otros “motivos de discriminación protegidos” en las prácticas empresariales, se podrá considerar como
un motivo “agravante” para las penalizaciones. “Los estados miembros han de adoptar todas las medidas apropiadas a fin de garantizar, entre otras cosas, el derecho a igual remuneración, incluidas las prestaciones, y a
la igualdad de trato con respecto a un trabajo de igual valor, así como a la igualdad de trato con respecto a la
evaluación de la calidad del trabajo”, han justificado desde Bruselas.
La norma ha recordado además que la pandemia de Covid-19 ya ha puesto de manifiesto la
“infravaloración estructural” de algunos trabajos realizados predominantemente por mujeres que se estaban en primera línea, entre ellos la
atención sanitaria o la asistencia en las residencias. “Contrasta enormemente con su escaso reconocimiento y visibilidad”, han apuntado.
Los anuncios de
vacantes de empleo con una denominación neutra, las medidas de transparencia retributiva, la formación de los trabajadores en materia de paridad salarial, el acceso a los criterios de los niveles retributivos, las
exigencias de auditorías para empresas de más de 100 personas, la
dotación presupuestaria a los organismos de fomento de la igualdad, las
indemnizaciones o el fin de las trabas administrativas para las pequeñas empresas son otros de los asuntos sobre los que ha puesto el foco la nueva Directiva.
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