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Tachan al Código Deontológico de los Protésicos Dentales como "restrictivo"

Es el dictamen al que ha llegado la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, la cual recomienda cambios

Exteriores de la sede de la CNMC.

27 dic 2024. 13.50H
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha señalado que el futuro Código deontológico del Consejo General de Colegios de Protésicos Dentales de España incluye artículos que deberían ser "más proporcionales y menos restrictivos". Así lo comunicó este lunes en un informe donde analizó diversas disposiciones del Código.

Según explicó la CNMC en una nota, los protésicos dentales son profesionales dedicados al diseño, fabricación y reparación de prótesis dentales. Estas prótesis, subraya, solo pueden ser prescritas y colocadas en el paciente por un odontólogo, como establece la legislación, que además diferencia claramente las competencias de ambos profesionales. El marco legal también garantiza que dichas actividades se desarrollen en libre competencia, respetando el derecho de los pacientes a elegir su protésico dental.

No obstante, el informe critica que algunos artículos del Código deontológico sean excesivamente restrictivos. Por ejemplo, se propone evitar que el odontólogo intervenga en la relación entre el protésico y el paciente cuando prescribe una prótesis, o que exista una relación de dependencia económica entre ambos profesionales.

La CNMC insta a justificar con mayor solidez las medidas propuestas, argumentando por qué el marco jurídico actual sería insuficiente para proteger la salud de los pacientes y de qué manera las restricciones planteadas contribuirían a minimizar riesgos. Además, considera imprescindible especificar conceptos clave que actualmente son jurídicamente ambiguos, como la “dependencia económica” o la “intermediación”, ya que esta falta de claridad podría generar inseguridad jurídica para los protésicos, dada la posibilidad de sanciones disciplinarias.

La CNMC recomienda reforzar la justificación de los objetivos de interés público que persiguen las medidas del Código deontológico, asegurando que estén respaldadas y sean proporcionales, así como evaluar alternativas menos restrictivas a las obligaciones impuestas a los protésicos dentales para garantizar la libre competencia. Además, insta a eliminar la obligatoriedad de colegiación si no está expresamente prevista en la legislación estatal, garantizar la existencia de canales de denuncia anónimos, revisar la prohibición de la publicidad comparativa para alinearla con la Ley de Competencia Desleal, eliminar valoraciones subjetivas y aclarar el régimen disciplinario para evitar inseguridad jurídica.

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