El Ministerio de Sanidad ha completado la
actualización del catálogo común de prestación ortoprotésica en el Sistema Nacional de Salud, según ha informado la ministra
Carolina Darias al
presidente del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi),
Luis Cayo Pérez Bueno, tras la reunión que ambos han mantenido este miércoles.
Con esta nueva actualización, que ha contado con las aportaciones de asociaciones de pacientes y de la representación del sector ortoprotésico, así como de diferentes colectivos y colegios profesionales implicados en esta prestación, se define el
importe máximo de financiación para cada tipo de producto, adecuándolo a la realidad del mercado, para que puedan financiarse totalmente los productos incluidos y los usuarios no tengan que abonar cantidades adicionales.
Según ha informado Sanidad, la actualización supone la entrada de
nuevos productos del catálogo común de prestación ortoprotésica en el SNS que van a contribuir a mejorar la calidad de vida de las personas amputadas. En total, se incluyen 168 nuevos tipos de productos de
prótesis externas de miembro superior, 212 tipos de
prótesis externas de miembro inferior y 2 tipos de productos para
agenesias.
Por otro lado, se incluye un nuevo tipo de silla de ruedas no plegable (SRM 030D) que facilita una
mayor autonomía a las personas de utilidad para determinados pacientes que llevan una vida activa, lo que supone una alternativa a los otros
20 modelos de silla plegable, con las mismas indicaciones, ya incluidas en el catálogo común desde 2019.
Asimismo, se incluye un total de
27 nuevos tipos de prendas de presoterapia de baja elasticidad o inelásticas autoajustables y sus complementos para la terapia del linfedema. Servirán de alternativa a los 49 tipos de prendas elásticas (ya sean de tejido plano o circular) y complementos ya incluidos la Orden de 2019, para algunas personas con linfedema grave y que pueden resultar más beneficiosas que las prendas elásticas actualmente incluidas en el catálogo.
Por último, se modifica la descripción del tipo de ortesis con
código OIE 010A, ya incluido con anterioridad en el catálogo, con la finalidad de dar cabida a productos que permitan una mejor
adaptación de la ortesis a las características funcionales y morfológicas particulares de cada paciente.
Presupuesto para la prestación ortoprotésica
Se estima que la aplicación de la norma tendrá un impacto presupuestario anual de unos
15,35 millones de euros de los que la mayor parte -15,33 millones de euros- corresponden a la actualización del catálogo común de prótesis externas de miembro superior, miembro inferior y agenesias. Estos 15,33 millones de euros representan un incremento de alrededor de un 8,10 por ciento sobre el total de gasto correspondiente a toda la prestación ortoprotésica suplementaria y un 1,23 por ciento sobre el total de la prestación ortoprotésica, incluidos los implantes quirúrgicos.
Esta medida se suma a otras acciones emprendidas por el Ministerio de Sanidad, durante el presente mandato, a favor del colectivo de personas con discapacidad; entre ellas la decisión de modificar la legislación para
eximir del pago a la prestación farmacéutica a menores de 18 años con discapacidad; medida que, sólo en 2021 benefició a más de 112.000 personas en España y que fue reconocida con premio CERMI.ES 2021 en la categoría ‘Acción Social’.
Asimismo, ha recordado Darias, la
nueva Ley de Equidad, Universalidad y Cohesión homogeneizará los colectivos a los que se eximirá del copago farmacéutico y ortoprotésico, lo que va a significar que los menores con discapacidad reconocida y los colectivos que ya fueron eximidos del copago farmacéutico, también lo serán del copago ortoprotésico; medidas a las que se añade la incorporación de representantes del colectivo de la discapacidad al Comité Asesor para la Prestación Ortoprotésica del SNS, lo que redunda en la mejora de la participación ciudadana y la transparencia.
Prescripción y dispensación de prótesis
En relación a la regulación de la prestación, las Órdenes desarrolladas establecen más garantías de calidad y eficiencia al establecerse requisitos para los productos, la prescripción, la dispensación y los establecimientos.
Además, queda regulado el procedimiento de inclusión y actualización de los productos en la Oferta, que será telemático, y se identificarán los
productos financiables mediante un código y un precinto identificativo para cada producto que permitirá un mejor control de los productos prescritos y dispensados.
La entrada en vigor de esta norma será
el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, día desde el que los responsables de la gestión de la prestación en las comunidades autónomas, las mutualidades de funcionarios y el
Instituto de Gestión Sanitaria (Ingesa), dispondrán de un plazo máximo de 6 meses para adaptar sus catálogos de prestaciones a esta nueva norma.
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