Cuatro años después de que se iniciara el procedimiento, la Justicia ha dado la razón al Consejo General de Dentistas, presidido por Óscar Castro Reino, frente a Dentix. En 2017, Dentix demandó al Consejo y a su presidente por lo que consideraron una campaña desleal y una actuación “lobista” por la defensa del dentista tradicional frente a los nuevos modelos mercantiles, como es el caso de dicha empresa, según un comunicado emitido por el Consejo de Dentistas.
Dentix alegó que el Consejo trataba de frenar el crecimiento de la compañía mediante prácticas agresivas y actos de denigración a través de sus declaraciones en varios medios de comunicación, además de difundir notas de prensa y una carta a los colegiados con el mismo objetivo.
En 2019, el Juzgado de lo Mercantil 12 de Madrid dictó sentencia estimando parcialmente la demanda de Dentix, concretamente, unas declaraciones que Castro hizo en Acta Sanitaria por considerarlas “denigratorias”, pero no “engañosas”. En la entrevista, el Castro realizó unas afirmaciones relativas a la posibilidad de contagio de enfermedades muy graves, como el VIH y la hepatitis, al mismo tiempo que acababa citando la publicidad de “implantes desde 222 euros” y la aparición de determinados personajes famosos.
Aunque el presidente no nombraba a Dentix directamente, el juez consideró que esos posibles contagios se relacionaban con la compañía, al ser estos elementos (222 euros y personajes famosos) signos distintivos de la mercantil. Tanto el Consejo General de Dentistas como su presidente presentaron recurso de apelación, al que Dentix se opuso en tiempo y forma.
Ahora, la Audiencia Provincial de Madrid ha dictado sentencia, en la que estima el recurso de apelación interpuesto por el Consejo General y Óscar Castro contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil, revocando la sentencia de instancia y desestimando íntegramente la demanda interpuesta por Dentix contra el Consejo General de Dentistas y su presidente, absolviendo a los demandados y condenando a Dentix a pagar las costas del procedimiento. La sentencia es susceptible de ser recurrida en casación por parte de la compañía.
Según la nota del Consejo de Dentistas, dicha sentencia destaca dos aspectos importantes en relación con las declaraciones realizadas por Óscar Castro en Acta Sanitaria, indicando que:
1.- “Lo que se critica es la banalización de los actos sanitarios y que se considere el implante como un elemento de prestigio social asociado a personajes famosos sin tener en cuenta que como todo acto médico o sanitario conlleva riesgos”.
2.- “No se pretende imputar a ninguna clínica que transmita enfermedades contagiosas. La mención se realiza en el mismo sentido que el expresado en la pregunta anterior, es decir, en el de destacar la trascendencia de los actos. Y el contexto de la pregunta es la publicidad de los servicios dentales”.
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