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Dentistas: las acusaciones de los protésicos son "una falta de ética"

El Consejo de Dentistas sale al paso de un comunicado de los protésicos a los que achacan falta de profesionalidad

El presidente del Consejo General de Dentistas, Óscar Castro Reino.

16 sep 2020. 16.10H
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El Consejo General de Dentistas ha salido al paso de un comunicado del Consejo General de Protésicos que acusa a los dentistas -sin ningún motivo, tipo de prueba ni constatación- de falta de ética y profesionalidad, atentando así contra su honor. En su escrito, los protésicos declaran que “se está observando un excesivo interés por parte de algunos profesionales en recuperar, demasiado rápido, la economía perdida durante el confinamiento, abusando de determinadas prácticas innecesarias en las clínicas dentales, anteponiendo los intereses económicos de algunos profesionales a la salud y economía de los pacientes”.

Además, aconsejan al paciente “que se le indique al dentista, desde un principio, que al protésico dental lo va a elegir el paciente, sin mediaciones o injerencias por parte del dentista” y añaden que “se exige, en cumplimiento de la Ley, que sean los laboratorios los encargados de la fabricación y venta al paciente de las prótesis dentales y no las clínicas evitando, de esta forma, que el futuro de la profesión protésico dental esté en manos de terceros y estos puedan enviar el trabajo a países con poca o ninguna garantía. Asimismo, también se evitaría la vulneración de la normativa sanitaria cuando se diseña y fabrica una prótesis dental en las clínicas dentales con el sistema CAD-CAM”.

Ante estas declaraciones,  el Consejo General de Dentistas, presidido por Óscar Castro Reino, recuerda, entre otros aspectos, que el Estado español regula la relación entre dentistas y protésicos a través de una necesaria colaboración o intervención del dentista para que el protésico pueda desempeñar su profesión con la perseguida finalidad de proteger la salud de los pacientes. Además, regula claramente las atribuciones profesionales de ambos en la Ley 10/1986 de 17 de marzo y en el Real Decreto 1594/1994 de 15 de julio.

Además, de acuerdo con la normativa sectorial en vigor, los protésicos dentales son fabricantes de productos sanitarios a medida sin atribución profesional alguna para tratar a los pacientes, en tal caso, incurrirían un delito de intrusismo profesional.

En cuanto a la adaptación de la prótesis por parte del dentista, no implica un acto de dispensación, venta, distribución, ni suministro o puesta en mercado, sino que se trata de la “puesta en servicio” de un producto sanitario a medida, lo que es una atribución propia y exclusiva del dentista, como establece la legislación. Y el dentista desglosa en su factura el precio de los costes de fabricación de la prótesis dental, por lo que ningún perjuicio se le causa al paciente.

Por último, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) avala la utilización de los sistemas CAD/CAM por los dentistas en sus clínicas dentales. El Comité Técnico de Inspección de la propia Agencia establece que “se considera que los odontólogos, dentro de sus actividades de prevención, diagnóstico y tratamiento de anomalías y enfermedades de los dientes, de la boca, de los maxilares y tejidos anejos, pueden realizar una restauración directa en la cavidad dentaria mediante el sistema CAD-CAM”.
 

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