El Ministerio de Sanidad ha lanzado a audiencia pública la modificación del real decreto relativo al
acceso excepcional al título de especialista en Medicina Familiar y Comunitaria, con el que se persigue cerrar el procedimiento una vez se celebren las
tres convocatorias a las que pudieron concurrir quienes lo hicieron “en tiempo y forma” por la vía ordinaria. El plan se aferra a la necesidad de “no discriminar” a estos facultativos “respecto a los que deben
obtener la titulación” por la vía del MIR.
El sometimiento a audiencia e información pública constituye el paso previo de la norma antes de su publicación en el
Boletín Oficial del Estado (BOE). Lo cierto es que la tramitación de este
real decreto sobre acceso excepcional al título de especialista en Medicina Familiar se ha dilatado en el tiempo, puesto que hace ya dos años que el texto fue abierto a las aportaciones de agentes interesados.
Carácter excepcional del acceso al título de Familia
Según consta en el documento, el “objetivo principal” de la norma es
cerrar el procedimiento de acceso al título de forma excepcional una vez se celebren las tres convocatorias a las que pueden acudir exclusivamente las personas que realizaron la solicitud en tiempo y forma “y siempre que no se hubieran presentado con anterioridad y resultado
‘no apto’”. En este último caso, solo podrán presentarse al número de convocatorias restante hasta alcanzar el máximo de tres.
Dicho plan, subraya el departamento que dirige ahora
Mónica García, resulta “imprescindible” para “asegurar el
carácter excepcional y transitorio” de los procedimientos de acceso al título, así como para “eliminar las cargas y los costes a la Administración Pública” asociados al mantenimiento de ese proceso “y fomentar la
no discriminación en la obtención del título de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria” con respecto a los que deben obtener la titulación por la vía MIR exigida en la actualidad.
Se trata, en concreto, de los licenciados en Medicina y Cirugía que han prestado servicio en el sistema público de salud pero que carecen de título oficial (los denominados
‘MESTOs’).
“Entre las alternativas posibles al proyecto se encuentra la elaboración de una norma similar a la propuesta que modifique más ampliamente el Real Decreto 1753/1998, de 31 de julio, para cerrar el procedimiento de acceso excepcional de manera directa sin celebración de
convocatorias adicionales, o bien establecer un número de convocatorias inferior a las tres previstas en el real decreto vigente actualmente”, detalla.
Añade Sanidad que no se plantea la posibilidad de
“perpetuar este procedimiento a lo largo de los años” ya que se vulneraría el espíritu de la norma original, que estableció un procedimiento con un “
marcado carácter transitorio” y supondría una “clara discriminación hacia los titulados en Medicina que se licenciaron o graduaron con posterioridad y deben obtener la titulación de especialista por la vía MIR”.
Interés sanitario de actos de difusión científica
Mediante este real decreto se suprime además el “
reconocimiento de interés sanitario” de actos de carácter científico organizados por corporaciones, fundaciones, asociaciones y cualesquiera otras entidades de naturaleza pública o privada que “tiendan a promover la ampliación y difusión de las ciencias y técnicas relacionadas con la salud”.
Según Sanidad, esta opción debe derogarse debido a que
ha “quedado obsoleto” y las posibles “duplicidades y divergencias normativas” respecto a otras normas autonómicas.
Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.