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Sanidad saca a consulta la renovación de las unidades de Medicina Nuclear

El objetivo del Ministerio es asegurar la justificación y la optimización de la administración de radiofármacos

Ministerio de Sanidad.

23 feb 2021. 12.40H
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El Ministerio de Sanidad ha sacado a consulta pública el Proyecto de Real Decreto por el que se establecen los criterios de calidad en Medicina Nuclear. "El objeto del presente real decreto es establecer los criterios de calidad en la gestión de las unidades asistenciales de Medicina Nuclear para asegurar la justificación y la optimización de la administración de radiofármacos y la mejora de la protección radiológica y la seguridad del paciente", tal y como consta en el documento. Se pueden realizar aportaciones aportaciones hasta el 15 de marzo de 2021 a través del email:  informacion.publica@mscbs.es.

-Consulta aquí el proyecto para Medicina Nuclear-

"Este real decreto se aplicará a todas las unidades asistenciales de medicina nuclear, definidas como aquellas unidades asistenciales que, bajo la responsabilidad de un médico especialista en Medicina Nuclear, se dedican a la prevención, diagnóstico, tratamiento e investigación médica mediante la utilización de fuentes radioactivas no encapsuladas, y están dotadas de los recursos humanos y materiales necesarios para llevar a cabo su labor", establece Sanidad.

Tal y como establece el borrador, en los centros sanitarios donde esté ubicada una unidad asistencial de medicina nuclear se constituirá la Comisión de Garantía de Calidad y Seguridad en Medicina Nuclear, como órgano colegiado de asesoramiento de la dirección e integrada en la Comisión Central de Garantía de Calidad u órgano equivalente del centro. Esta Comisión contará con "representantes de la administración del centro, especialistas y técnicos, tanto de la unidad asistencial de medicina nuclear como de la unidad de radiofísica hospitalaria, y otras personas, con las funciones que se determinen en su reglamento de funcionamiento".

En las Unidades asistenciales de Medicina Nuclear, el médico especialista en Medicina Nuclear será, particularmente, el responsable de valorar la correcta indicación del procedimiento, y, en su caso, definir posibles alternativas al mismo, sin riesgo radiológico o con menor riesgo radiológico. Además, deberá elegir los radiofármacos apropiados necesarios para el diagnóstico o la terapi, evaluar la actividad a administrar, compatible con el procedimiento; definir las áreas u órganos de interés, así como de, eventualmente, objetivos o restricciones de dosis, en aquellos procedimientos terapéuticos en que sea necesaria una dosimetría individualizada. Por último, deberá emitir el informe final del mismo, en el que se indiquen los hallazgos patológicos o el resultado del tratamiento, así como los datos dosimétricos, en aquellos casos en que se haya realizado una dosimetría individualizada.

Regulación de la administración de radiofármacos


"Toda administración de radiofármacos con fines de diagnóstico o terapia deberá estar previamente justificada", señala el documento, advirtiendo que se deben tener en cuenta "los objetivos específicos de la exposición y las características de la persona afectada, atendiendo en todo caso a los criterios establecidos al efecto en el programa de garantía de calidad". Tanto el médico prescriptor como el médico especialista en Medicina Nuclear, explica, "deberán involucrarse en el proceso de justificación al nivel adecuado a su responsabilidad, quedando a criterio del médico especialista en Medicina Nuclear la decisión final de la justificación del procedimiento".

Para la dministración de radiofármacos con fines diagnósticos, Sanidad estipula que "el médico especialista deberá seleccionar el mejor radiofármaco disponible y la actividad óptima, de acuerdo con protocolos establecidos por sociedades científicas nacionales competentes o por instituciones internacionales de reconocida solvencia, que deberán constar en el programa de garantía de calidad"

En las administraciones de radiofármacos con fines terapéuticos, "el médico especialista responsable del tratamiento registrará la actividad administrada en la historia clínica del paciente".

Además, según consta en el documento, "el programa de garantía de calidad de la unidad asistencial de medicina nuclear deberá incluir un estudio del riesgo de exposiciones accidentales o no intencionadas".  En toda administración de radiofármacos deberán quedar registrados e incluidos en la historia clínica del paciente todos los datos relativos al proceso. 

Formación de los profesionales


Según consta en el proyecto de Sanidad, todo el personal de las unidades asistenciales de Medicina Nuclear "está obligado a actualizar y perfeccionar sus conocimientos y habilidades mediante la participación periódica en las correspondientes actividades de formación continuada, conforme a las previsiones y criterios del plan establecido al efecto en el programa de garantía de calidad"

Además, dedica un capítulo propio para los especialistas en Radiofísica Hospitalaria: "Los centros sanitarios donde estén ubicadas las unidades asistenciales de medicina nuclear, excepto los laboratorios de radioinmunoanálisis, dispondrán de un especialista en Radiofísica Hospitalaria, que actuará o aportará asesoramiento especializado, según proceda, en relación con las materias relativas a la dosimetría de la radiación y la optimización de la protección radiológica de los pacientes u otras personas sometidas a exposiciones debidas a procedimientos diagnósticos o terapéuticos de medicina nuclear".

La norma, destaca Sanidad, tiene un impacto de género positivo, al incorporar determinadas prescripciones relativas a medidas especiales a adoptar en procedimientos diagnósticos o terapéuticos durante el embarazo y la lactancia, que constituyen para la mujer una ampliación y mejora de las garantías de protección radiológica en dichas exposiciones.

Proyecto de Real Decreto para la prevención y el control de la legionelosis


El Ministerio también ha sacado a consulta el Proyecto de Real Decreto por el que se establecen los criterios higiénicosanitarios para la prevención y el control de la legionelosis. 

Sanidad dedica un artículo al  El Plan Sanitario frente a la Legionella (en adelante, PSL) ,"basado en la evaluación del riesgo y fundamentado en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud". Además, describe las actuaciones de la Autoridad Sanitaria en esta materia.

-Consulte aquí el Proyecto para la prevención de la legionelosis-

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