El
Ministerio de Sanidad somete a audiencia pública su Proyecto de Real Decreto para hacer más estricta la
regulación sobre productos del tabaco y relacionados, como bolsas de nicotina y vapeadores con o sin nicotina. Entre otras cosas, se pretende imponer más restricciones a las propiedades aromáticas y al embalaje y el etiquetado de dichos productos para hacerlos más genéricos y menos atractivos. En el proceso previo de consulta pública, el texto ha recibido más de 4.000 alegaciones, ocho veces más que en la última consulta por la transposición de la Directiva Delegada sobre tabaco calentado, algo que el departamento de
Mónica García achaca a “una campaña organizada por parte de diversas
empresas tabaqueras de tabaco calentado, del sector del vapeo y de creadores de contenido en línea para la premisa de que el proyecto supondría la prohibición absoluta de todos los líquidos de vapeo con sabores”.
El
RD de medidas anti-tabaco forma parte del
Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027. Sanidad defiende que, con todas las medidas propuestas, su objetivo es "mejorar la protección de la salud pública mediante una regulación más estricta y adaptada a la realidad actual del mercado". "El Plan ha identificado la necesidad de introducir diferentes mejoras, aún no contempladas en la regulación armonizada de la Unión Europea, como resultado de los importantes cambios experimentados, tanto a nivel epidemiológico y en los patrones de consumo, como en la configuración actual del mercado de los productos del tabaco y de los productos relacionados en nuestro país", reza el texto, cuyo plazo de audiencia pública concluirá el 13 de diciembre, fecha a partir de la cual se llevará al
Consejo de Ministros.
En ese contexto, en la actualidad existe "una variedad de productos con características diferenciadas, con o sin tabaco, con o sin nicotina, con o sin componentes electrónicos, e incluso con aspectos híbridos de compleja catalogación", que, para Sanidad, "suponen un desafío" y que merecen una "adecuada respuesta técnica en aras de garantizar la debida
protección de las personas que consumen estos nuevos productos no convencionales".
De ahí el porqué de el RD, con el que se busca modificar el Real Decreto 579/2017, de 9 de junio, que regula la fabricación, presentación y comercialización de los productos del tabaco y los productos relacionados. Por un lado, se pretende "mejorar la normativa aplicable a los productos de tabaco", y, por otro, "ofrecer un innovador cuerpo normativo a la amplia oferta de productos relacionados desprovistos actualmente de la debida
reglamentación sanitaria en aras a la protección efectiva del consumidor".
Objetivos perseguidos con el RD anti-tabaco
El departamento de Mónica García resume las metas de la normativa en cinco puntos:
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Prevenir el inicio del consumo de tabaco: el RD se centra en desnormalizar el consumo de tabaco y productos relacionados, reforzando el cumplimiento de la legislación vigente.
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Adaptarse a las nuevas realidades del mercado: se regulan nuevos productos como las bolsas de nicotina y los productos a base de hierbas que no estaban contemplados en la normativa anterior.
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Responder a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS): se quiere contribuir a la meta de reducir la mortalidad prematura por enfermedades no transmisibles.
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Armonizar la legislación española con la europea: la normativa, según Sanidad, se alinea con el Código Europeo Contra el Cáncer y el Plan europeo de lucha contra el cáncer.
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Mejorar la información disponible para los ciudadanos: se introducen modificaciones en el etiquetado de productos del tabaco para que los consumidores estén mejor informados sobre las características y los riesgos de los productos.
Medidas para poner coto a vapers y otros productos del tabaco
Para alcanzar los objetivos previos, las principales modificaciones del RD vigente que regula la comercialicación de productos del tabaco son las que siguen:
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Empaquetado genérico: se establece la obligatoriedad de la apariencia uniforme para cigarrillos y tabaco de liar, eliminando elementos de diseño y colores atractivos que puedan incentivar el consumo.
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Se regulan los cigarrillos electrónicos sin nicotina estableciendo requisitos de etiquetado, como la inclusión de una lista de ingredientes, advertencias sanitarias y un folleto informativo con información sobre el uso, almacenamiento, contraindicaciones y posibles efectos adversos.
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Restricción de aromatizantes: se limita el uso de aromatizantes en los cigarrillos electrónicos, permitiendo sólo los aromas de tabaco para evitar que los sabores artificiales resulten atractivos para los jóvenes.
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Regulación de nuevos productos introduciendo dos nuevas categorías: las bolsas de nicotina y los productos a base de hierbas calentadas, para lo cual se fijan requisitos de seguridad, etiquetado y comercialización.
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Modificación del etiquetado: se actualiza el etiquetado de los productos del tabaco y relacionados para mejorar la información disponible para los consumidores, incluyendo advertencias sanitarias más claras y completas.
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Periodo de transición para fabricantes y comercializadores. El proyecto de Real Decreto establece, en su disposición transitoria única, un plazo de 10 meses para que los fabricantes se adapten a las nuevas normas de etiquetado, envasado y fabricación, y otro plazo de 12 meses para que los comercios vendan los productos que aún tengan en stock bajo la normativa anterior.
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