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Sanidad pretende que el SNS no promocione sucedáneos de leche materna

El proyecto de Real Decreto sobre la comercialización de sucedáneos de leche materna sale a consulta pública

Sede del Ministerio de Sanidad.


18 feb 2026. 10.20H
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La lactancia llega a instancias legislativas. Y es que el Gobierno considera "insuficiente" la regulación existente para los sucedáneos de leche materna en España, especialmente en el área de su comercialización. Así, el Ejecutivo se prepara para la elaboración de una normativa que garantice su correcto patrocinio y promoción, alejada del Sistema Nacional de Salud (SNS), a la vez que se recomienda la toma de leche producida por la madre. Una serie de objetivos que quedarán recogidos en un futuro real decreto que sale este miércoles a consulta pública.

El proyecto del Real Decreto por el que se regula la promoción, publicidad y comercialización de sucedáneos de leche materna y productos relacionados podrá ser analizado por ciudadanía, organizaciones y asociaciones hasta el 5 de marzo. Sus aportaciones serán enviadas al Ministerio de Sanidad a través de correo electrónico. Tan solo se tendrán en cuenta aquellas en las que el remitente esté claramente identificado.


Regulación necesaria


En España, la normativa relativa a los sucedáneos de leche materna depende del Reglamento n° 609/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de junio de 2013, relativo a los alimentos destinados a los lactantes y niños de corta edad, los alimentos para usos médicos especiales y los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso. Un texto que dejo sin efecto la legislación estatal -procedente de Directivas europeas derogadas- y que solo recoge algunos de los aspectos recogidos en el Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna, elaborado en el marco de la 34ª Asamblea Mundial de la Salud. Así, en la actualidad, el Gobierno busca implementar de forma completa este último acuerdo internacional.

Una actuación con la que pretende regular de forma integral la comercialización de los sucedáneos de leche materna y productos relacionados -incluyendo las estrategias en el entorno digital y el marketing de influencia-, sin que su promoción interfiera en las recomendaciones de salud pública. Además, se apuesta por contribuir a una nutrición segura y adecuada para los lactantes y la promoción de la lactancia materna. También a garantizar el uso correcto de este tipo de artículos y dotar a las mujeres y familias de información objetiva, científica y suficiente antes de la compra de uno de estos artículos alimenticios.


Soluciones que aportará la norma


La construcción de una normativa alrededor de la venta y el anuncio de esta clase de productos se intuye fundamental para elevar las tasas de lactancia materna, ya que tan solo el 46,9 por ciento de los niños y niñas son amamantados de manera exclusiva durante los seis primeros meses de vida, tiempo recomendado por la Organización Mundial de la Salud (OMS). Y es que la presencia de sucedáneos suele reducir las tasas de lactancia materna, al minar la confianza de las mujeres en sus propias capacidades, pese a que la leche generada por la madre contribuye positivamente a la salud del menor y su bienestar emocional, al mejorar el apego con el hijo o hija; reducir diarreas, otitis, infecciones respiratorias bajas; proteger al bebé de leucemia, diabetes y obesidad y favorecer que la progenitora no padezca hemorragias postparto, cáncer de mama y de ovario o diabetes tipo dos.

Así, la nueva normativa arrojará luz sobre este tipo de sustitutos de la leche materna, cuyo marketing deberá ser veraz. A su vez, impedirá que los centros sanitarios sean objeto de donaciones de este tipo de productos o los promocionen y obligará a los sanitarios a declarar cualquier contribución a su favor recibida por distribuidores o fabricantes. Acciones necesarias para el cumplimiento del Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna.
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