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Sanidad limita los profesionales que podrán realizar cirugías estéticas

El BOE recoge cambios en la definición de la Unidad Asistencial de Cirugía Estética

Mónica García, ministra de Sanidad.

21 sep 2024. 14.30H
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este sábado un cambio importante que afecta a los especialistas que se dedican a la cirugía estética. Concretamente, se trata de la modificación del anexo II del Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios. En él se limitan los profesionales que podrán realizar cirugías estéticas.

Por lo tanto, la nueva redacción de esta especialidad queda de la siguiente manera: "Cirugía estética: unidad asistencial en la que un médico con la especialidad en Cirugía plástica, estética y reparadora u otra especialidad quirúrgica o médico-quirúrgica en el ámbito y competencias indicadas en el programa oficial de su especialidad, es responsable de realizar tratamientos quirúrgicos, con finalidad de mejora estética corporal, facial o capilar".

¿Qué es lo que cambia respecto a la anterior? Según ha explicado el secretario de Estado de Sanidad, Javier Padilla, en la red social X, es un cambio "importante". "Es una modificación de artículo único con un propósito: que solamente puedan realizar procedimientos de cirugía estética los médicos especialistas en Cirugía Plástica, Estética y Reparadora, o aquellos que tengan en el programa de su especialidad ese procedimiento quirúrgico".

Para Padilla, esto supone "un avance en la seguridad y calidad de estos procesos" y da respuesta a una propuesta que "fue tomando cuerpo a partir de un caso concreto": "Se trata del caso de Sara Gómez, una mujer de Murcia que falleció tras un procedimiento de este tipo a manos de un profesional sin dicho grado de formación. Su familia inició un proceso de trabajo con diversos agentes de la sociedad y la política para avanzar hacia una solución".

De hecho, Mónica García, ministra de Sanidad, también ha querido dar su opinión al respecto de este cambio: "Esta medida es, sin duda, una victoria enorme para la familia de Sara, una mujer que desgraciadamente perdió la vida tras someterse a una intervención en un centro de estética que no contaba con las garantías necesarias. La lucha de su familia ha sido clave para lograr este cambio tan importante".

Procedimientos realizados por profesionales con formación


En este sentido, desde Sanidad indican que el notable aumento de intervenciones quirúrgicas estéticas y la proliferación de centros que las ofrecen han generado una creciente demanda social y sanitaria para que se controle mejor esta actividad. De esta manera, la orden busca garantizar que estos procedimientos sean realizados exclusivamente por profesionales con la formación y titulación adecuadas.

En septiembre de 2022, en respuesta a esta necesidad, el Congreso de los Diputados aprobó una Proposición no de Ley instando al Gobierno a modificar el Real Decreto 1277/2003, con el objetivo de reforzar la normativa para prevenir el intrusismo y asegurar que todas las actividades sanitarias sean llevadas a cabo por profesionales debidamente cualificados. Con esta orden se actualiza la definición de la Unidad Asistencial de Cirugía Estética, que aparece en el anexo II del Real Decreto 1277/2003, y que engloba todas las actividades y procedimientos relacionados con la cirugía estética.

El objetivo final es restringir la realización de procedimientos de cirugía estética únicamente a aquellos profesionales que hayan recibido la formación específica necesaria dentro de su programa formativo. Además, solo podrán llevar a cabo estas cirugías en las áreas que estén directamente relacionadas con su especialidad médica: "Solamente podrán realizar este tipo de operaciones los médicos con la especialidad en Cirugía Plástica, Estética y Reparadora u otra especialidad quirúrgica o médico-quirúrgica que incluya competencias en cirugía estética en su programa formativo oficial".

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