El
Ministerio de Sanidad ha publicado este martes una orden en el
Boletín Oficial del Estado (BOE) por la que se crea su
Oficina de asistencia en materia de registros. Se trata de un órgano administrativo que dependerá jerárquicamente de la Subsecretaría del ministerio, encabezada actualmente por
Dionisia Manteca, y pasará a formar parte de la
red de oficinas en materia de registros de la Administración General del Estado.
Su constitución da cumplimiento a la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que
los documentos que los ciudadanos dirijan a los órganos de las administraciones públicas "podrán presentarse, entre otros lugares, en las oficinas de asistencia en materia de registros", tal y como especifica la citada orden.
Dicha ley determina que
los registros generales estarán asistidos, a su vez, por la actual red de oficinas en materia de registros con la que cuenta el Estado, y que pasarán a denominarse oficinas de asistencia en materia de registros que permitirán a los interesados presentar sus solicitudes en papel, las cuales se convertirán a formato electrónico.
De este modo, y mediante esta orden, se crea la oficina de asistencia en materia de registros del Ministerio de Sanidad, que
permitirá a particulares “puedan ser asistidas en el uso de medios electrónicos, en especial en lo referente a la identificación y firma electrónica, presentación de solicitudes a través del registro electrónico general y obtención de copias auténticas”.
Funciones de la Oficina de asistencia en materia de registros
La oficina tendrá como funciones la digitalización de las solicitudes, escritos y comunicaciones en papel que se presenten o sean recibidos en la oficina y se dirijan “a cualquier órgano, organismo público o entidad de derecho público de cualquier Administración Pública”, así como su anotación en el registro electrónico general o en el registro electrónico de cada organismo, según corresponda.
También se encargará de “la anotación de los asientos de salida de documentos oficiales dirigidos a otros órganos o particulares” y de la emisión de los recibos que acrediten la fecha y hora de presentación de solicitudes, comunicaciones y documentos que presenten los interesados. Además, expenderá copias electrónicas auténticas tras la digitalización de cualquier documento original o copia auténtica que presenten los interesados “y que se vaya a incorporar a un expediente administrativo”.
Asimismo, deberá informar en materia de identificación y firma electrónica “para la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones a través de medios electrónicos en los trámites y procedimientos para los que se haya conferido habilitación”, así como notificar “cuando el interesado o su representante comparezcan de forma espontánea en la oficina y solicite la comunicación o notificación personal en ese momento”.
Esta oficina, del mismo modo, se encargará de la comunicación del código de identificación del órgano, organismo público o entidad a la que se dirige la solicitud, escrito o comunicación y la a iniciación de la tramitación del apoderamiento presencial “apud acta”.
Horario de apertura
La oficina de asistencia en materia de registros del Ministerio de Sanidad
abrirá de lunes a viernes de 9 de la mañana a 17:30 de la tarde en horario ininterrumpido de invierno (de 16 de septiembre al 15 de junio)
y en horario de verano de 8 de la mañana a 15 de la tarde (de 16 de junio a 15 de septiembre).
La orden también faculta
a la subsecretaria de Sanidad “para adoptar, dentro del ámbito de sus competencias, las medidas que resulten necesarias para el desarrollo” de esta nueva oficina. Su constitución, en cualquier caso,
“no supondrá incremento del gasto público”.
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