El
Ministerio de Sanidad ha sacado a consulta pública la modificación del
Real Decreto 823/2008 por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la
distribución y dispensación de medicamentos con el objetivo de garantizar la prestación farmacéutica a la población en zonas rurales.
En dicha normativa se establece, al objeto de facilitar la sostenibilidad de las oficinas con menores ingresos, "un índice corrector de las deducciones, correspondiente a las recetas u órdenes de dispensación de medicamentos de uso humano fabricados industrialmente dispensados con cargo a fondos públicos, sin que el importe derivado de la aplicación de dicho índice pueda superar a favor de la farmacia los 833,33 euros mensuales", recuerda Sanidad.
Actualmente las oficinas de farmacia que están afectadas, son aquellas que cumplan las siguientes características: Que no hayan sido objeto de
sanción administrativa o inhabilitación profesional ni estén excluidas de su concertación; que participen en los programas de atención farmacéutica y en la realización del conjunto de actividades destinadas a la utilización racional de los medicamentos que establezca la administración sanitaria correspondiente, y que sus ventas anuales totales, en términos de precio de venta al público incrementado con el impuesto sobre el valor añadido, no superen los
200.000 euros en el ejercicio económico correspondiente al año natural anterior.
Los requisitos actualmente aplicables, señala Sanidad, "no son los originales dado que en el año 2011 se centraban en las oficinas de farmacia que estén ubicadas en núcleos de población aislados o socialmente deprimidos y que sus ventas anuales totales en términos de precio de venta al público incrementado con el impuesto sobre el valor añadido, no superen los 200.000 euros en el ejercicio económico correspondiente al año natural anterior". Fue en el mayo de 2012 cuando se eliminó la especial consideración a núcleos de población aislados o socialmente deprimidos. "
A excepción de los criterios, lo establecido relativo a la aplicación del índice corrector de los márgenes no ha sufrido modificaciones", añade.
Necesidad de una reforma normativa
"En poblaciones con una baja densidad de población, donde por planificación sanitaria no hay
consultorios de salud, la oficina de farmacia puede llegar a ser el único establecimiento sanitario cercano a la población", destaca el organismo liderado por
Carolina Darias, advirtiendo que en la situación actual de la España vaciada, "el número de oficinas de farmacia afectadas por índice corrector se concentra en los municipios de menos de 1.500 habitantes, representando más del 80 por ciento de las oficinas de farmacia totales afectadas en el territorio nacional".
Sanidad defiende la necesidad y oportunidad de aprobar esta reforma aparándose en los datos declarados por las comunidades autónomas en septiembre de 2021. Y es que en el año 2021 había registradas 712 oficinas de farmacia afectadas por el índice corrector. Es decir, más de 3 por ciento de oficinas de farmacia en el territorio nacional.
"En los últimos 5 años se observa una tendencia decreciente, de tal forma que el número de oficinas de farmacia afectadas por el índice corrector en los últimos 5 años es de 712 en el año 2021, 800 en 2020, 819 en 2019, 856 en 2018 y 899 en 2017. Asimismo, en el 2021, el 80,62 por ciento (574) de las oficinas de farmacia afectadas por el índice corrector están en municipios de menos de 1.500 habitantes", alerta el ministerio.
El Ministerio de Sanidad recalca que esta medida ha sido acordada en el seno de la Comisión Permanente de Farmacia del Consejo
Interterritorial del SNS, "órgano de co-gobernanza en el SNS en materia de política y prestación farmacéutica". Asimismo, añaden, "es una medida enmarcada en el Plan ante el Reto Demográfico del Gobierno de España, estando alineado con el
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia".
Objetivo de la reforma planteada por Sanidad
El objetivo de esta modificación, argumenta Sanidad, "es
incrementar las garantías para que la prestación farmacéutica que se realiza por los farmacéuticos y las farmacéuticas de las oficinas de farmacia sitas en el entorno rural con riesgo de despoblación y en los entornos social y económicamente vulnerables siga siendo accesible y capilar a toda la ciudadanía en todo el territorio nacional, así como contribuir a evitar la despoblación en las zonas rurales".
Para ello, añaden, "se pretende, adecuar a las necesidades actuales, la
aplicación del índice corrector de los márgenes de las oficinas de farmacia que resulten exentas de la escala de deducciones.
En concreto se plantean como medidas las siguientes:
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La modificación de los requisitos exigibles para participar de la aplicación de dicho índice.
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Elevación de las cuantías fijas derivadas de la aplicación del índice corrector de los márgenes mediante la actualización del IPC.
-
El establecimiento de la actualización anual de las cuantías fijas.
Plazos de la reforma
"Queda descartada la opción de no hacer nada, dado que esta alternativa podría afectar a la prestación farmacéutica que se lleva a cabo en los entornos rurales de España", manifiesta Sanidad, que abre la posibilidad de participación sobre los aspectos planteados en este cuestionario,
hasta el día 8 de noviembre de 2021, a través del siguiente buzón de correo electrónico: carterafarmacia@sanidad.gob.es
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