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Sanidad avala el uso de códigos QR para la ficha técnica de fármacos

Considera que no hay impedimento para dirigir a profesionales materiales promocionales de medicamentos mediante esta vía

César Hernández, director general de Cartera Común de Servicios del SNS.

01 oct 2023. 14.10H
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La Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud (SNS) ha dado el visto bueno al uso de códigos QR para remitir a la ficha técnica de los medicamentos en los materiales promocionales dirigidos a profesionales sanitarios.

“No habría impedimento”, concluye este órgano dependiente de la Secretaría de Estado de Sanidad sobre la posibilidad de utilizar este tipo de tecnologías para usos publicitarios de medicamentos. De hecho, considera que el acceso a la información mediante códigos QR “supone algunas ventajas como, por ejemplo, mostrar la información de manera más fácilmente accesible y legible o reducir el consumo innecesario de papel”.

“Puede también permitir que se garantice que siempre se accede a la última información actualizada”, recoge en un comunicado la Dirección General de Cartera Común de Servicios del SNS y Farmacia. Eso sí, matiza que este acceso “debe llevar siempre a la información que hace pública la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps).

Regulación de la publicidad de medicamentos


Lo cierto es que hubo dudas, por parte de diversos organismos sanitarios, sobre la reciente decisión del organismo independiente de autorregulación de la industria publicitaria en España, Autocontrol, de dar validez a la sustitución del contenido de la ficha técnica del medicamento en los materiales promocionales dirigidos a los profesionales sanitarios por un código QR que permita el acceso al contenido de la ficha técnica por medios informáticos.

Desde el Ministerio de Sanidad aluden al Real Decreto 1416/1994, de 25 de junio, que regula la publicad de medicamentos de uso humano. El artículo 10 establece la información que al menos se debe incluir en toda documentación publicitaria relativa a un fármaco que se difunda.

“En el momento de la publicación de esta norma, año 1994, no existían los códigos QR. Tras la pandemia, su uso se encuentra muy extendido, por lo que lo que no habría impedimento a su utilización en este tipo de publicidad”, señala.

Los códigos QR deberán utilizarse para dirigir únicamente a la “versión más actualizada” de la ficha técnica autorizada, que es la que aparece en CIMA (Centro de Información online de medicamentos de la Aemps). “Se debe indicar al lado del QR que este remite a la ficha técnica del medicamento”, apunta.

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