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Sanidad amplía su contratación centralizada con nuevos modelos y foco en IA

El ministerio somete a audiencia pública la propuesta para sumar a los acuerdos marco el sistema dinámico de adquisición

El secretario de Estado de Sanidad, Javier Padilla.


10 abr 2026. 09.20H
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El Ministerio de Sanidad ha iniciado los trámites para ampliar las herramientas de contratación centralizada de medicamentos, productos y servicios sanitarios que gestiona el Ingesa. Actualmente, la Orden ministerial que lo regula desde 2021 sólo contempla la figura de los acuerdos marco al respecto. Lo que ahora se pretende es modificar esa Orden incorporando el “sistema dinámico de adquisición” como sistema alternativo de “racionalización técnica de la contratación”. También se propone incluir la opción de celebrar contratos centralizados.

El objetivo, según se explica en la Memoria de Análisis de Impacto Normativo (MAIN) del proyecto de reforma, es “permitir la contratación de determinadas categorías de productos o servicios cuyas características son más volátiles a lo largo de un periodo determinado”, especialmente en lo que se refiere a Inteligencia Artificial y tecnologías de la información. Al texto, sometido a audiencia pública, se pueden enviar aportaciones hasta el 30 de abril.

La Orden que se quiere actualizar, a través de la Secretaría de Estado de Sanidad, es parte del desarrollo normativo de la Ley de Contratos del Sector Público, que data de 2017. En su disposición adicional vigésimo séptima se preveía que, por orden del entonces Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y previo informe favorable de la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación del Ministerio de Hacienda, se pudieran establecer las bases de la compra centralizada de medicamentos, productos y servicios sanitarios.

Se tardó cuatro años en cumplir esa disposición. La Orden de 2021 encomendó al Ingesa el proceso de contratación centralizada, lo cual también quedó reflejado en el Real Decreto de 2023 que regula la organización y el funcionamiento del propio Ingesa. Lo que ocurre es que se limitaron las herramientas de adquisición a los acuerdos marco. El ministerio actual entiende que ha de extenderse el procedimiento de “racionalización de la contratación pública” a los contratos centralizados y a los sistemas dinámicos de adquisición.

Además, se considera que el “creciente” uso de la IA y de la “gestión del dato” en el ámbito sanitario aconseja incluir entre los servicios declarados de contratación centralizada algunos productos y servicios del ámbito de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) que, actualmente, se quedan fuera de ese ámbito.

Así se adherirán las CCAA al sistema de compra


También se busca añadir a la Orden un nuevo artículo, el 4, para regular el procedimiento para que las comunidades autónomas, entidades locales y otros organismos integrados en el Sistema Nacional de Salud puedan adherirse al sistema estatal de compra centralizada.

Para hacerlo habrán de suscribir con el Ingesa un acuerdo de “adhesión general” que posibilite “su participación en todos y cada uno de los procesos de contratación centralizada que se realicen, sin necesidad de ulteriores acuerdos individuales”. En todo caso, antes del inicio de una licitación podrán comunicar que no quieren adherirse a ese procedimiento concreto o a lotes específicos.

Una vez adheridas al proceso de compra, las entidades sólo podrán adquirir los servicios y suministros con las empresas seleccionadas, salvo cuando esos bienes o el régimen de prestación de servicios no reúnan las “características indispensables” para satisfacer sus necesidades concretas.

Por último, Sanidad quiere agregar otro artículo, el 5, para detallar el medio en el que se publicarán los procedimientos de contratación centralizada del Ingesa, “así como el acceso a los grupos de trabajo de los entes y entidades que se adhieren voluntariamente a dichos procedimientos”.
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