El Ministerio de Sanidad ha actualizado el
catálogo de la cartera de servicios comunes relativo a la
prestación de prótesis de miembro superior e inferior y ortoprótesis para agenesias. La orden incorpora además un nuevo tipo de silla de ruedas, así como prendas autoajustables para el tratamiento del linfedema.
En la resolución que recoge la
última actualización de las clasificaciones de prótesis del catálogo común del Sistema Nacional de Salud, documento que publica este viernes el
Boletín Oficial del Estado, el Ministerio de Sanidad informa asimismo de la modificación de la descripción de un tipo de ortesis ya incluido previamente.
Por otro lado, se incluye una nueva silla de ruedas manual, la
SRM 03D. Se trata de un modelo
autopropulsable con reposabrazos desmontables “de material ligero para usuarios activos, con patología medular de cualquier etiología o enfermedades neuromusculares”.
Son los principales cambios que establece la nueva orden, en la que se recuerda que, “con el fin de facilitar a las empresas la comunicación de sus productos al
sistema informatizado del SIRPO”, podrán actualizar dichas clasificaciones “adaptándolas al catálogo común de
prestación ortoprotésica”.
De esta forma, en el anexo I de la nueva clasificación de los grupos de prótesis de
miembro superior e inferior y ortoprótesis para
agenesias se incluyen las subdvisiones de los subgrupos del anexo Vi del Real Decreto 1030/2006, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud. Además, se recogen las modificaciones realizadas en la clasificación de los apartados de
‘Sillas de ruedas’, ‘Ortesis’ y ‘Ortoprótesis especiales’ (productos para la terapia del linfedema).
Sistema SIRPO para el registro de productos ortopédicos
Por otro lado, la resolución establece la elaboración de cada una de las tipologías de productos, e indica que no se comunicarán al SIRPO aquellos pertenecientes a las tipologías que figuran como de elaboración a medida. “En caso de que alguna empresa considere que el modo de elaboración asignado a la tipología del producto
no se ajusta a las características de alguno de sus productos, lo hará constar en el epígrafe de observaciones al comunicar el mismo al SIRPO”, recoge.
Según Sanidad, las empresas que dispongan de algún producto ortoprotésico que por sus características no puede clasificarse en ninguna de las tipologías de productos recogidos en las clasificaciones para el SIRPO “podrán comunicarlo utilizando el apartado denominado
‘Productos que no se ajustan a la clasificación’”.
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