El
Ministerio de Sanidad ha dado un paso al frente contra la '
fuga de batas blancas', un problema en auge que preocupa a los profesionales sanitarios de nuestro país. Y no es para menos, ya que más de 20.000 médicos españoles han viajado fuera de España en los últimos 10 años.
Para recuperar a estos
especialistas españoles que trabajan fuera de nuestras fronteras, el organismo liderado por
Carolina Darias ha creado un apartado específico en su página web dedicado el "
retorno de profesionales sanitarios". En el mismo, Sanidad hace alusión a la Constitución española y al Estatuto de la ciudadanía española en el exterior, destacando el deber del Estado de "velar por los derechos económicos y sociales de los
trabajadores españoles en el extranjero y a orientar sus políticas hacia su retorno".
Tras ello, el ministerio destaca las opciones que existen actualmente para facilitar el proceso de regreso de profesionales sanitarios, subrayando la
Guía del Retorno publicada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, donde se especifican los derechos y procedimientos administrativos necesarios para una más fácil reincorporación al mercado laboral español.
Requisitos para trabajar en España como profesional sanitario
El primer requisito para trabajar en Espana tiene que ver con la titulación, y es que si el profesional sanitario obtuvo su título profesional o especialidad fuera del país "debe solicitar el
reconocimiento u homologación del mismo".
Tal y como concisa la
Guía de Retorno, en el caso de la homologación de títulos extranjeros de educación superior a títulos oficiales universitarios españoles de Grado o Máster que den acceso a profesión regulada en España, "no es necesario la aportación de los
programas formativos por parte de los solicitantes de homologación de títulos extranjeros de educación superior al correspondiente título oficial universitario español de Grado que dé acceso a la
profesión regulada de Médico en España" si obtuvieron su título en determinadas universidades, "salvo petición expresa por parte de la Unidad tramitadora".
El segundo requisito es disponer del
certificado de idoneidad (good standing), esto es, aportar una "certificación expedida por Organismo Oficial extranjero, legalizado por vía diplomática o Apostilla de la Haya, de no estar ni haber estado inhabilitado para el ejercicio de la profesión sanitaria (original y traducción al castellano - validez máxima de 3 meses)". Además, recomiendan solicitar dicho documento antes de retornar.
También es necesario el a
seguramiento de la responsabilidad civil profesional. "El profesional debe subscribir un seguro de responsabilidad civil, aval o garantía financiera, sean de protección personal o colectiva, que cubra las indemnizaciones que se puedan derivar de la responsabilidad profesional por un eventual daño a las personas causado con ocasión de la prestación de tal asistencia o servicios cuando se ejerza la profesión en el ámbito de la asistencia sanitaria privada", explica el Ministerio de Sanidad.
Por último, es necesario que se realice la
colegiación, no obstante, solo es un requisito en el caso de profesiones sanitarias tituladas y reguladas, tal y como concisa Sanidad, que agrega un enlace directo a las ofertas de trabajo de las CCAA o del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
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