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Salud Pública renueva criterios de acceso a subvenciones para prevenir ITS

El organismo deroga la anterior normativa y establece un protocolo de selección basado en 5 criterios generales

Silvia Calzón.

02 mar 2022. 11.10H
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POR IVÁN FERNÁNDEZ
La Dirección General de Salud Pública ha sacado a información pública las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro cuyo fin sea la realización de programas de prevención y control de la infección por virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) y otras infecciones de transmisión sexual (ITS) como el Sida.

El proyecto de orden ministerial, que consta de una parte expositiva de 18 artículos, una disposición derogatoria única, tres disposiciones finales y un anexo, busca sustituir las anteriores bases estipuladas en la Orden SAS/1462/2010.

Las subvenciones se adjudicarán en régimen de concurrencia competitiva y serán enmarcadas en los objetivos y prioridades del Plan para la prevención y control del VIH y otras ITS 2021-2023. Con ellas se persigue “promover, coordinar y complementar coherentemente las actuaciones de las diferentes administraciones sanitarias”. De manera que se “armonicen” las actuaciones en esta materia llevada a cabo por entidades sin ánimo de lucro.

En cuanto a la cantidad económica vinculada, la normativa no establece una cantidad fija sino que se evaluará cada proyecto y en función del presupuesto disponible por el Ministerio de Sanidad se asignará una cantidad determinada. Lo que sí incluye la Orden es una estimación en base a los 2 millones de euros previstos para 2022. De manera que desde Sanidad prevén un incremento de esta cuantía disponible en los próximos años.


Impacto en la salud de la prevención en ITS y VIH 


Con estas subvenciones, Sanidad espera acometer un impacto positivo en la salud de la población española mediante el control de enfermedades de transmisión sexual. En concreto, se busca fomentar la información en la población en las formas de transmisión, exposición al virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) y otras infecciones de transmisión sexual (ITS), así como el control de la transmisión y mejorar de la calidad de vida de las personas infectadas, lo cual repercute en su integración normalidad en la sociedad.

Además, se prevé un especial impacto en la adolescencia y la juventud al favorecer la prevención y control de la infección del VIH y otras ITS en un colectivo con “especial vulnerabilidad” debido a sus ámbitos de exposición, formas de relación y contacto social. Motivos por los cuales, Salud Pública considera a este colectivo como “uno de los destinatarios principales de las actividades objeto de subvención”.

¿Cómo son los criterios de selección de las subvenciones para prevenir VIH e ITS?


Aquellas empresas, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro que quieran optar a estas subvenciones tendrán que obtener mínimo una puntación de 65 puntos, siendo la máxima nota 130 puntos. “La puntación en cada programa será el resultado de la valoración alcanzada en los criterios generales de las entidades, la valoración técnica de los programas solicitados y la valoración del efecto en la coordinación general de acciones”, reza la normativa.

En concreto, los criterios generales de valoración de entidades otorgarán un máximo de 13 puntos divididos en: fines de la entidad (1 punto); antigüedad (1 punto); implantación (2 puntos); experiencia y capacidad técnica (8 puntos); declaración de utilidad pública (1 punto).

Por su parte, los criterios generales de valoración técnica de los programas solicitados otorgarán un máximo de 84 puntos divididos en: justificación del programa (5 puntos); definición de los objetivos (7 puntos); reducción de las desigualdades sociales en salud (25 puntos); calidad técnica del proyecto (15 puntos); dimensión de población beneficiaria (6 puntos); evaluación (8 puntos); idoneidad de recursos (6 puntos); participación de la población diana (6 puntos); y continuidad del programa (6 puntos).

En cuanto a la valoración del efecto en la coordinación general de acciones supone un máximo de 20 puntos divididos en: ámbito territorial de actuación del programa (5 puntos); colaboración con otras administraciones públicas (5 puntos); colaboración con otras entidades (5 puntos); y otras fuentes de financiación (5 puntos). Además, si se trata de programas innovadores o que responden a necesidades emergentes se pueden obtener otros 13 puntos.

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