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Ocho 'peros' al plan de Sanidad para impedir a la privada elegir a sus MIR

El ministerio abre el trámite de audiencia pública para eliminar la conformidad previa para aceptar a los residentes

Exteriores del Ministerio de Sanidad.

11 dic 2023. 10.20H
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El Ministerio de Sanidad está cada vez más cerca de impedir a los hospitales privados elegir a los MIR 'a la carta'. Tras el revés del Tribunal Supremo, que devolvía este derecho a los centros, el organismo abrió el pasado 27 de octubre el trámite de consulta pública previa para corregir la normativa y eliminar la conformidad previa de la privada para aceptar a sus futuros residentes. El proyecto, ya en audiencia hasta el próximo 29 de diciembre, ha recibido un total de ocho alegaciones.

Tres de las alegaciones a la conformidad previa pertenecen al Centro de Oftalmología Barraquer, la Unidad Docente de Obstetricia y Ginecología del Instituto Universitario Dexeus y Clínica Universidad de Navarra, que aplicaban la conformidad previa MIR. Asimismo, han presentado observaciones la Confederación Española de Organizaciones Empresariales, HM Hospitales, la Asociación de Sanidad Privada y el Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos, todas ellas en contra del proyecto. Sin embargo, el Sindicato de Enfermería (Satse), muestra su conformidad con el proyecto.

El "daño" a la libertad de empresa que aseguran los centros privados es debido a que los principios de "merito" y "capacidad" hacen únicamente referencia a la función pública. "El acceso a la Formación Sanitaria Especializada (FSE) es un procedimiento público que se regula anualmente por orden ministerial. Asimismo, los centros sanitarios privados no están obligados a participar en la FSE, si bien se considera positivamente su contribución a la formación de especialistas y la mayoría  de ellos el sistema de adjudicación es igual que el de los centros públicos", recoge el Ministerio.

El Ministerio en su consulta pública sobre la conformidad previa MIR estableció que, dado el fallo de la sentencia del Tribunal Supremo referida y la necesidad de elaborar una norma reglamentaria, resultaba "imprescindible" tramitar una nueva norma "a la mayor brevedad". "El objertivo es regular el sistema de adjudicación a plazas de formación en especialidades en Ciencias de la Salud en centros sanitarios privados, eliminando su conformidad previa", recogía la consulta previa.


Incumplimiento de "méritos" y más "desigualdad" MIR


A pesar de estas alegaciones, cada vez es más palpable la modificación del Real Decreto 589/2022, de 19 de julio, por el que se regulan la formación transversal de las especialidades en Ciencias de la Salud, el procedimiento y criterios para la propuesta de un nuevo título de especialista en Ciencias de la Salud o diploma de área de capacitación específica, y la revisión de los establecidos, y el acceso y la formación de las áreas de capacitación específica; y se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación en especialidades en Ciencias de la Salud.

Sanidad destaca que la aplicación de la conformidad previa, según la acreditación otorgada, de cuatro centros privados que participan en las pruebas FSE, ha venido permitiendo que los mismos seleccionen qué aspirantes pueden acceder a las plazas que ofertan, con independencia del número de orden obtenido en la correspondiente convocatoria de acceso a la FSE. "Esto supone una desigualdad con el resto de aspirantes y un incumplimiento de los principios de mérito y capacidad establecidos en el artículo 103 de la Constitución Española", reconoce. A través de este real decreto, se pretende determinar el modelo de adjudicación de todos los centros de titularidad privada.

"En concreto, la norma se adecúa al principio de necesidad y eficacia, puesto que es el instrumento idóneo y único posible para llevar a cabo la regulación que pretende introducir en el ordenamiento jurídico, completando y perfeccionando las competencias de las personas especialistas y, con ello, el propio Sistema Nacional de Salud. Del mismo modo, es acorde con el principio de proporcionalidad, ya que contiene la regulación imprescindible para el cumplimiento del objetivo previamente mencionado, y con el de seguridad jurídica, puesto que es congruente con la legislación estatal sobre la materia y ofrece cobertura suficiente a los derechos de profesionales y pacientes implicados", especifica el Ministerio.
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