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Muface renueva el órgano asesor único de fármacos de hormona de crecimiento

El ente, creado en 2020, busca “promover el uso racional” de este tipo de tratamientos

César Hernández y Myriam Pallarés.

16 abr 2024. 09.00H
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El Ministerio de Sanidad y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (Muface) han acordado mantener el organismo único de valoración de tratamientos con hormona de crecimiento, un ente que se creó en 2020 a fin de “promover el uso racional” de este tipo de fármacos. 

El Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge este martes el acuerdo sobre el comité asesor de la hormona de crecimiento y sustancias relacionadas, un órgano que se creó “ante la conveniencia de unificar el procedimiento para la valoración” de los medicamentos prescritos a mutualistas. “Se considera oportuna la colaboración administrativa a fin de que sean revisados tanto los nuevos casos como los tratamientos ya establecidos”, indica el convenio que se publicó hace cuatro años.

Actuaciones del comité de la hormona del crecimiento


Dicho acuerdo tenía por objeto “la realización de informes por el comité asesor para la hormona de crecimiento y sustancias relacionadas”, lo que implica, en primer lugar, informar a los facultativos especialistas correspondientes de los criterios aprobados y las consecuentes actualizaciones. Por otro lado, este profesional deberá “cumplimentar debidamente en todos sus apartados” el protocolo de inicio del tratamiento, según los modelos normalizados. Dichos protocolos contienen todos los parámetros a evaluar, en los que se basan los criterios de autorización del fármaco.

Junto con el protocolo de inicio debe enviarse el consentimiento informado original del paciente, debidamente cumplimentado, incluyendo el nombre comercial del medicamento a utilizar.

“La petición de informe al Comité se efectuará por Muface, que remitirá, asimismo, los protocolos, los consentimientos informados y la documentación auxiliar necesaria”, indica el documento.

Por su parte, el comité asesor ha de remitir el informe que resuelve la solicitud de tratamiento. Este, que no tiene carácter vinculante, debe ser emitido “en un plazo máximo de dos meses a contar desde la fecha de recepción del protocolo”.

"Convenciencia" probada de este órgano asesor


La duración prevista de este órgano era de cuatro años a partir de su entrada en vigor, aunque ambas partes dejaron abierta la posibilidad de prorrogarlo de forma unánime, tal y como ha sucedido.

“Dado que la colaboración instrumentada mediante dicho acuerdo ha funcionado correctamente y que se mantienen las circunstancias que dieron lugar a su firma, ambas partes consideran la conveniencia y necesidad de prorrogar la vigencia del mismo para la valoración de los tratamientos con hormona de crecimiento prescritos a los mutualistas y beneficiarios de Muface”, establece la resolución publicada este martes en el BOE y suscrita tanto por César Hernández, director general de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud (SNS); como por Myriam Pallarés, directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (Muface).

“De acuerdo con el convenio, cada parte realizará las actuaciones previstas con sus propios medios sin que de la adenda se deriven gastos adicionales ni contraprestación financiera entre las partes firmantes”, concluye.

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