El
Consejo de Ministros ha aprobado este martes el
Real Decreto por el que el
uso de mascarillas dejará de ser obligatorio en espacios
interiores, salvo en determinadas excepciones. Tal y como ha explicado en rueda de prensa la ministra de Sanidad,
Carolina Darias, el contexto epidemiológico "favorable", así como la “altísima” cobertura vacunal, han permitido la flexibilizacion de "uno de los elementos más simbólicos de la pandemia".
Entre los datos compartidos por el Ejecutivo que 'justifican' esta decisión se encuentran las coberturas de vacunación en España. En concreto, estas se sitúan
por encima del 92 por ciento en la población mayor de 12 años y el 92 por ciento de los mayores de 60 años ha recibido una
dosis de refuerzo que mejora la protección de este grupo de población frente a covid grave y fallecimiento.
Los niños de 5 a 11 años, el grupo de población que más tarde inició el proceso de vacunación, ya alcanza coberturas
más del 40 por ciento con la pauta completa. “Las vacunas utilizadas en España, de acuerdo a los datos disponibles, muestran una efectividad, estimada mediante el método de screening, superior al 90 por ciento para prevenir cuadros graves y fallecimientos por covid”, remarca el Gobierno, que subraya que la “muy alta efectividad de las vacunas” y las altas coberturas alcanzadas han generado un
“importante cambio en la epidemiología” del coronavirus en nuestro país.
Nivel de riesgo bajo por covid en España
El Gobierno ha tomado esta medida, "muy meditada", después de que todos los indicadores principales de seguimiento de la epidemia vigentes, de acuerdo a la
Estrategia de Vigilancia y control, se encuentran, según el último informe publicado el 8 de abril de 2022, se encuentran
“en un nivel de riesgo bajo en la mayor parte del territorio”, lo que sitúa la alerta en nivel 1 en 42 de las 52 provincias y en nivel 2 en ocho provincias. Además, según los datos del Ejecutivo, dos provincias ya no presentan una situación de alerta.
Asimismo, el Ministerio destaca que la gravedad de la enfermedad ha descendido de forma importante entre el periodo previo a la vacunación y el periodo posterior.
Así, de acuerdo a los datos recibidos a través de la
Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica, la
tasa de hospitalización entre los casos ha pasado de un promedio de alrededor del 7 por ciento en la onda epidémica de diciembre 2020 a febrero 2021 a 1,19 por ciento en la onda epidémica de diciembre 2021 a marzo 2022, mientras que la de
ingreso en UCIs ha variado de un 0,67 por ciento a un 0,06 por ciento y la de letalidad ha pasado de un 1,46 por ciento a un 0,19 por ciento para la población total. Este efecto se observa, con cierta variabilidad en todos los grupos de edad.
Además, la presión sobre el sistema asistencial ha sido "muy inferior" en esta última onda epidémica. En la actualidad la ocupación de camas hospitalarias es del 3,4 por ciento y la de
camas de UCI del 4 por ciento, situándose así ambos indicadores en niveles muy bajos respecto a los que se han detectado a lo largo de la epidemia.
Uso obligatorio de mascarilla
En este Real Decreto se establecen los ámbitos donde la
mascarilla continuará siendo obligatoria. A este respecto, el Gobierno enumera:
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En primer lugar, en los centros, servicios y establecimientos sanitarios, puesto que son ámbitos donde puede haber una mayor concentración de personas vulnerables en las que el riesgo de enfermedad grave es mayor y, por otro lado, en los que la probabilidad de transmisión es más alta, ya que son lugares donde puede haber mayor número de personas con infecciones respiratorias transmisibles, además del Covid-19.
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En segundo lugar, debe atenderse a la situación específica de los centros socio-sanitarios y, en particular, las residencias de mayores. En estos centros, la probabilidad de transmisión también es elevada, sobre todo ante la aparición de brotes, con un alto impacto al incidir sobre las personas vulnerables. Dado que la institución constituye el domicilio de las personas que allí residen, el uso permanente de la mascarilla afectaría al bienestar de estas personas y, además, las personas que se encuentran dentro de la institución cerrada no son la fuente de infección, a diferencia de los trabajadores y visitantes en contacto con el exterior, que pueden ser los agentes que introduzcan el virus. Por ello, será obligatorio solo para trabajadores y visitantes.
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Por último, en los medios de transporte se concentra mucha población en espacios pequeños, con poca distancia interpersonal, a veces durante largos periodos de tiempo. Si bien muchos transportes cuentan con buenos sistemas de ventilación dotados con filtros de alta eficiencia, esta ventilación no siempre está garantizada en todos ellos. Es por ello, que, en este ámbito, la probabilidad de transmisión en ausencia de mascarilla puede ser elevada, con un impacto moderado teniendo en cuenta la diversidad de personas expuestas, entre las que podría haber algunas especialmente vulnerables. Se mantiene por tanto la obligatoriedad en el transporte aéreo, por ferrocarril o por cable, en el transporte público de viajeros y en los espacios cerrados de buques y embarcaciones, cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad. No obstante, se ha considerado que esta obligación de utilización de la mascarilla no debe mantenerse para los andenes y estaciones de viajeros.
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