El
Ministerio de Sanidad ha publicado en su web la
estrategia de diagnóstico y control del Covid-19 durante la fase de transición de la
pandemia. Se trata del
documento presentado al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud que ya adelantó Redacción Médica pero que introduce, en su versión definitiva, una serie de matices que ofrecen una nueva visión en aspectos muy específicos.
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Así, en el primer documento no se indicaba, de manera expresa, la realización de
estudios de cribado en colectivos vulnerables que no fueran profesionales sanitarios o residencias y centros sociosanitarios. Este párrafo ha sido eliminado en la versión definitiva, lo que implica que las comunidades autónomas podrán tomar decisiones sobre cribados entre colectivos como, por ejemplo, la población penitenciaria, aunque no haya casos de positivos por coronavirus cercanos.
Más allá de los cribados, la nueva redacción desarrolla, para las residencias que la confirmación de un positivo entre los
contactos estrechos de un afectado del mismo centro, que se harán PCR a los contactos estrechos o, “según la circunstancia”, a todos los residentes y trabajadores de la misma.
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Acceda aquí al documento publicado por Sanidad -
Definición de caso sospechoso y descartado de coronavirus
El documento definitivo presentado por Sanidad incluye otros matices como, por ejemplo, la definición de caso descartado. Se trata de aquellos sospechosos con
PCR negativa e IgM también negativa “en los que no hay una alta sospecha clínica”.
La definición de caso sospechoso incluye síntomas somo la odinofagia, anosmia, ageusia, dolores musculares o diarreas
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Hay que recordar que la definición de caso sospechoso de
infección por SARS-CoV-2 aprobada es la más amplia hasta la fecha, al incluir la mayoría de síntomas que se constatado que aparecen con frecuencia.
Por tanto, será un caso sospechoso “cualquier persona con un cuadro clínico de infección respiratoria aguda de aparición súbita de cualquier gravedad que cursa, entre otros, con fiebre, tos o sensación de falta de aire”. Pero se considerarán, además, “otros síntomas atípicos como la odinofagia,
anosmia, ageusia, dolores musculares, diarreas, dolor torácico o cefaleas”.
A todo caso sospecho se le realizará una
técnica de diagnóstico molecular en las primeras 24 horas para confirmar sospechas. Esta será preferentemente la PCR.
Tiempos de notificación de los indicadores
Además de ligeras matizaciones en distintos apartados, el documento definitivo también ha variado algunas fechas para las notificaciones de algunos indicadores de las comunidades autónomas al ministerio.
Así, en aquellos indicadores que tienen que ser notificados de forma semanal, las autonomías tendrán hasta el martes para hacerlo, incluyendo los
datos de lunes a domingo de la semana anterior. En el texto presentado al Consejo Interterritorial, la fecha límite era el lunes a las 13 horas.
Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.