Tal y como anunció el presidente de Gobierno, Pedro Sánchez, el
Ministerio de Sanidad ha publicado este domingo una orden por la que se establecen medidas excepcionales para garantizar el acceso de la población a productos como las
mascarillas, los guantes y los productos antisépticos en plena
pandemia de coronavirus Covid-19. Según consta en el documento, será la
Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos (CIPM) la que fije el
importe máximo de venta al público.
-Acceda aquí a la orden del Ministerio de Sanidad-
Conviene recordar que la
Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos debería haber mantenido el 1 de abril una nueva reunión. Sin embargo,
tal y como adelantó Redacción Médica, esta sesión no llegó a celebrarse debido a la crisis sanitaria generada por la
pandemia del coronavirus Covid-19.
Tal y como describe la orden firmada por el ministro de Sanidad,
Salvador Illa, a través de la
Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, "se realizará la convocatoria a los miembros de la Comisión, para que se reúnan en sesión extraordinaria en un plazo de cuarenta y ocho horas, y de modo telemático".
A partir de esta reunión, se elaborará una
propuesta de importe máximo de venta al público de los productos se someterá a la deliberación y decisión de la Comisión en sesión extraordinaria. "La Comisión adoptará el acuerdo que proceda, correspondiendo a la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, en cuanto órgano de apoyo administrativo a la Comisión, la elaboración del documento que incorpore dicho acuerdo, y que podrá revestir la forma de certificación expedida por el secretario de dicho órgano colegiado", añade el BOE.
Coronavirus: en estos productos se fijarán los precios
Como ya advirtieron Pedro Sánchez y el ministro de Consumo,
Alberto Garzón;
el Gobierno ha tenido que limitar por ley el precio de determinados productos ante los abusos que se estaban produciendo durante las últimas semanas de la pandemia de coronavirus.
La presente orden será de aplicación en lo referente a la fijación del importe de venta al público de
mascarillas quirúrgicas, los guantes de nitrilo y otros productos sanitarios que se consideren imprescindibles para minimizar el riesgo de
propagación del Covid-19 entre las personas. Además, legisla sobre otros productos que, sin revestir la condición de medicamento ni producto sanitario, son necesarios para proteger a la población, como las mascarillas higiénicas, tanto no reutilizables (de un solo uso) como reutilizables, o los
antisépticos de piel sana y los geles hidroalcohólicas para manos, de naturaleza cosmética autorizadas temporalmente por la Agencia.
Así se podrán vender las mascarillas quirúrgicas y las higiénicas
La orden impulsada por Sanidad establece que
la venta unitaria de mascarillas quirúrgicas que no estén empaquetadas individualmente
"solo se podrá realizar en las oficinas de farmacia garantizando unas condiciones de higiene adecuadas que salvaguarden la calidad del producto".
La norma establece una serie de
obligaciones de información al consumidor de las mascarillas higiénicas y concreta los
requisitos de las mascarillas destinadas a la población infantil. Para estas, se "deberá
tenerse en cuenta las especificaciones técnicas UNE-EN 14682:2015 Seguridad de la ropa infantil: cordones y cuerdas ajustables en ropa infantil, en cuanto a que los arneses que sirven para la sujeción a la cabeza para las mascarillas higiénicas para niños deben poder sujetarse sin generar nudos, extremos libres o elementos tridimensionales". Además, se recomienda la colocación de una advertencia para que
la mascarilla se utilice bajo la supervisión de un adulto
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