Con motivo de la
situación sanitaria originada por el
coronavirus Covid-19, la Aemps ha emitido autorizaciones extraordinarias de
importación de productos sanitarios para cubrir las necesidades. Si bien, ha indicado que la demanda de estos materiales
"está estabilizándose", por lo que ha avisado que va a priorizar
el procedimiento habitual para la importación de los mismos, con una serie de
requisitos.
La crisis sanitaria provocada por el
SARS-CoV-2 ha generado en el mercado español una demanda muy por encima de la habitual de determinados productos sanitarios como
mascarillas, guantes, test de diagnóstico in vitro, termómetros, entre otros. Muchos de estos productos han llegado a través de importaciones desde terceros países. Los requisitos para la importación de productos sanitarios a España se establecen en e
l Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios.
La Aemps es la responsable de la verificación de estos requisitos en el momento de la importación de los productos. Esta
verificación se realiza en la llegada de la mercancía a la aduana, mediante el control que llevan a cabo los servicios de inspección de las áreas funcionales de Sanidad de las delegaciones del Gobierno. Según el procedimiento habitual, se debe cumplir una seriede requisitos para autorizar la importación.
Los productos
deben poseer el marcado CE, haber seguido el
procedimiento de evaluación de la conformidad correspondiente
y que el importador disponga de
licencia previa de funcionamiento.
No obstante, la Aemps, por motivos justificados, puede autorizar la importación de productos sanitarios que
no cumplan alguno de estos requisitos. En este sentido, emite
autorizaciones extraordinarias de importación en
situaciones excepcionales, tras valorar las condiciones en que se van a importar los productos, para garantizar la seguridad en la utilización de los mismos.
Como consecuencia de la crisis sanitaria provocada por el SARS-CoV-2 y para agilizar la importación de estos productos sanitarios y cubrir las necesidades, la Agencia ha emitido autorizaciones extraordinarias de importación tanto a empresas, como a comunidades autónomas, así como a las instituciones que lo han solicitado. Antes de su entrada en España, estas importaciones de productos sanitarios son inspeccionadas en frontera para comprobar que la mercancía importada
se corresponde con la indicada en la autorización de la Aemps.
Actualmente, la demanda en España de estos productos se encuentra en fase de estabilización, por tanto,
"se hace necesario volver al procedimiento habitual para la importación de productos sanitarios".
Instrucciones para la importación de productos sanitarios
Aquellas entidades que pretendan importar productos sanitarios
deben solicitar la licencia previa de funcionamiento, a través de la
aplicación telemática IPS en la sede electrónica de la Aemps. Para ello disponen de la siguiente instrucción:
---
Pulse aquí para acceder ---
También se puede recurrir a una empresa que ya disponga de
licencia de importación de productos sanitarios y que pueda realizar todas las actividades de importación. Desde el buscador de la aplicación IPS, ubicado en su pantalla de inicio, se puede consultar el listado de dichas empresas.
Finalmente, hay que tener en cuenta que las empresas que hayan realizado actividades de importación de productos sanitarios o productos sanitarios de diagnóstico in vitro,
deberán garantizar la trazabilidad de los mismos, debiendo contar con un registro documentado de los productos en el que se incluyan los siguientes datos:
nombre comercial del producto, modelo, número de lote, identificación del cliente, fecha de envío o suministro.
Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.