La diferencia en las
condiciones laborales de los médicos, enfermeros o técnicos entre las 17 comunidades se ha convertido en un motivo de protesta recurrente en el sector de la salud. Las últimas normativas autonómicas relacionadas con el
pago de las guardias o los festivos para los profesionales que están de baja laboral han acentuado todavía más esta brecha ya que no hay un mecanismo homogéneo para abonar esta compensación económica en todas las regiones. La información proporcionada por los sindicatos del sector a
Redacción Médica ha revelado un
mapa desigual en el que solo unos cuantos gobiernos garantizan un plus para que los sanitarios
no pierdan poder adquisitivo cuando estén ausentados por una incapacidad temporal.
La última modificación en el Sistema Nacional de Salud (SNS) ha venido de la mano de la
Xunta de Galicia que ha autorizado el
prorrateo de las guardias cuando se produzca una baja como consecuencia de una enfermedad grave oncológica. Algo que se hace también extensible a las ausencias derivadas del
tratamiento contra el cáncer (quimio y radioterapia) o de las secuelas. Fuentes de la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) han advertido que esta medida representa una
“excepción” en España, ya que no tienen constancia de más servicios de salud que hagan frente a estos cargos específicamente.
En regiones como la
Comunidad Valenciana también se ha acordado un sistema propio para estas remuneraciones, aunque no hay “distinción” en función del tipo de incapacidad temporal común a la que se enfrente el sanitario. En todos los casos se paga una remuneración equivalente a
54 horas de guardia, aunque no se empieza a contabilizar hasta que se ha cumplido
un mes completo de baja y solo para los profesionales que demuestren que ya realizaban guardias antes de caer enfermos, según avanza el sindicato.
El panorama regional también contempla otros modelos diferenciados como el de
Navarra en el que también se paga el prorrateo de las guardias a los profesionales sanitarios, pero siempre y
cuando se trate de una "causa laboral". La región también paga una compensación económica para las mujeres en situación de
riesgo por embarazo en los casos en los que no se pueda reubicar a la facultativa en otro puesto.
Pago de guardias médicas por baja de embarazo
Aunque con norma general las bajas laborales por IT no cubren el prorrateo, el pago de las guardias sí que es algo más habitual en las
situaciones de embarazo. Regiones como
Castilla-La Mancha, Baleares o Asturias sí que cubren estos gastos adicionales. En el último caso abarca también las situaciones relacionadas con el nacimiento y cuidado de los menores, como las bajas por riesgo, los
permisos maternales y paternales o la lactancia.
Fuentes de CESM han apuntado sin embargo que en otras situaciones han tenido que recurrir a
judicializar cada una de las reclamaciones para tratar de conseguir una victoria en los juzgados que facilite este plus salarial. “
Acabamos de ganar una sentencia que obliga a abonarlo también en los puestos adaptados por embarazo con exención de guardias. En las IT, en ningún caso”, han sentenciado.
Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.