La
Organización Médica Colegial (OMC) y el
Consejo General de Enfermería (CGE) han emitido este viernes sendos comunicados en los que recuerdan que los centros sanitarios no deben ser utilizados para fines distintos a los asistenciales. Es la reacción a la
información que este jueves adelantaba Redacción Médica, en la que se dibujabn los planes del Govern de poder hacer
uso de los centros de salud y de la tarjeta sanitaria para llevar a cabo el
referéndum independentista del próximo 1 de octubre.
"La sanidad pública, sus profesionales y toda su red asistencial deben servir única y exclusivamente para
garantizar la salud de las personas con independencia de cualquier actuación política o ideológica", aseguran desde el Consejo, añadiendo que "resulta del todo inadmisible la apertura de los centros sanitarios el 1 de octubre y la utilización durante ese día de las tarjetas sanitarias con una finalidad que no tiene nada que ver con la salud de los ciudadanos", un uso que podría alterar el normal funcionamiento de los centros.
El máximo órgano de los enfermeros recuerda que utilizar los centros de atención primaria con fines políticos es
apoderarse ilícitamente de la sanidad pública, "que debe estar siempre por encima de cualquier interés partidista, ideológico o político".
También los médicos
En la misma línea se ha manifestado la
Comisión Permanente del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (Cgcom), quien "expresa su rechazo a que los centros sanitarios se utilicen para otros fines distintos a los asistenciales", recoge la nota de la OMC, en la que añade que "asimismo entiende que la tarjeta sanitaria no debe ser utilizada con otra finalidad que no sea la identificación del paciente para ser atendido o para prestarle una asistencia sanitaria".
El uso de las tarjetas sanitarias podría contravenir la normativa de protección de datos
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Los representantes médicos recuerdan que el sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña (Siscat) tiene como
única finalidad la de "garantizar la atención pública efectiva y de calidad a la ciudadanía, sin que sus recursos puedan ser utilizados para otras funciones no contempladas en la Ley 15/1990, de 9 de julio, de Ordenación Sanitaria aprobada por el Parlament y de acuerdo con lo que establece el artículo 33.2 del Estatuto de Autonomía".
Del mismo modo, la OMC aprovecha para advertir de que "el uso de las tarjetas sanitarias para confeccionar y/o ser utilizadas como censo electoral, es decir, la utilización de los datos de sus titulares para fines distintos para los que originalmente se obtuvieron, esto es, para la correcta prestación de una asistencia sanitaria,
podría contravenir lo dispuesto en la normativa de protección de datos (LOPD) suponiendo un acceso no autorizado por parte de los organismos implicados a datos confidenciales".
Por todo esto, la Comisión Permanente del Cgcom, al igual que el CGE,
piden que se evite el uso inadecuado de los centros sanitarios y de la tarjeta de identificación. En caso contrario, los
sanitarios podrían enfrentarse a medidas penales por desobediencia al Gobierno español que podrían suponer hasta penas de cárcel, según adelanta este diario.
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