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Los médicos que también ejercen en la privada, obligados ya a elegir mutua

Tienen hasta el 1 de abril para escoger su opción tras la reforma de la Ley General de la Seguridad Social

Es una medida producida por la modificación de la Ley de la Seguridad Social.

22 mar 2019. 10.45H
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Los médicos que ejercen de manera simultánea en la sanidad pública y la privada deberán elegir una mutua, según se desprende de la última modificación de la Ley General de la Seguridad Social. El plazo máximo que tienen los facultativos para escoger la mutua expira el 1 de abril y en caso de que no lo hayan hecho se les asignará una de forma automática.

El procedimiento a seguir es el siguiente: acceder a la página de la Seguridad Social y descargar el modelo TA-521, rellenarlo indicando a qué mutua acogerse e imprimirlo. Posteriormente, debe ser entregado en una oficina o centro asistencial de la mutua elegida.

Desde la Asociación de Médicos y Titulados Superiores de Madrid (Amyts) han explicado a sus asociados que si alguna vez tienen "un accidente o enfermedad, será esa mutua designada quien hará el pago de la boja y no el Instituto Nacional de la Seguridad Social, como venía siendo hasta ahora".

Por ello, "a la hora de elegir dicha mutua es interesante consultar la red de oficinas o centros asistenciales que tiene cada una para, en función de ello, elegir una que tengáis cerca. Lo que se pretende con esta normativa es que las mutuas paguen las prestaciones y lleven un control más férreo de las bajas, para evitar fraudes".

Por último, cabe destacar que "en cuanto a la cotización y pago del cupón mensual, no tiene ninguna variación, ni de prestación ni importe (todo sigue igual), salvo el pago de las prestaciones, que lo hace dicha Mutua elegida y no el INSS". 

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