En un contexto marcado por la creciente
diversidad religiosa en España, la práctica médica se enfrenta cada vez a más
desafíos éticos. En muchos casos, las
creencias religiosas van
en contra de tratamientos médicos. Las dificultades aparecen cuando un paciente acude en una situación crítica que no le permite manifestar su voluntad ante el profesional sanitario y, una vez consciente, traslada que la intervención médica que le han realizado está
en contra de sus principios religiosos. Se trata de una situación que puede acarrear muchos problemas para los profesionales sanitarios.
José María Rodríguez Roldán, presidente de la Comisión de Ética y Deontología de la Organización Médica Colegial (OMC), detalla a
Redacción Médica como se debe abordar esta diversidad en la formación y práctica médica.
La base, en todos los casos, es la
ley de autonomía del paciente, tal y como indica Roldán. “Cada persona tiene sus valores y sus principios
derivados de la cultura o de la religión, y se deben tener en cuenta de cara a la práctica médica”, comenta. “El
respeto a la opinión y a los valores del paciente está contemplado perfectamente en la legislación”. Hasta ahí todo claro. ¿Pero qué pasa si el paciente no puede expresar su voluntad?
"Hay que diferenciar lo que es una urgencia de lo que es una emergencia"
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En estas situaciones, Roldán plantea que hay que diferenciar siempre “lo que es una
urgencia de lo que es una
emergencia”. “En casos de emergencia lo que hay que hacer es
actuar rápido con lo que la lex artis médica diga.
No da tiempo a actuaciones regladas”, expresa el presidente de la OMC. En casos en los que se disponga de tiempo, este organismo recomienda seguir el
código deontológico y acudir a los r
egistros de voluntades anticipadas (el nombre puede variar según la comunidad autónoma).
“Cuando
un paciente deja por escrito su voluntad de manera oficial, el profesional puede conocer cuáles son aquellas actividades sanitarias que sí acepta que se le apliquen y practiquen y cuáles no porque
estén en contra de sus valores” desarrolla Roldán. Pero en casos extremos la actuación, para el profesional, es clara: “si no da tiempo a consultar la voluntad del paciente,
hay que actuar a favor de la vida”.
Promover el conocimiento de las voluntades anticipadas
En casos de situaciones regladas o situaciones con cierta urgencia, pero que diera tiempo a revisar el
registro de voluntades anticipadas, los profesionales deben consultarlos y
atenerse a lo expresado por los pacientes, tal y como razona el profesional. “Se pueden comprobar las voluntades anticipadas mediante la historia clínica, o con una
llamada telefónica a los registros, que los hay en todas las comunidades autónomas y también a nivel nacional”, añade.
Este paso es obligatorio para todos los médicos.
"Los registros de voluntades anticipadas se conocen de modo insuficiente"
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Por este motivo, una de las cuestiones más necesarias teniendo en cuenta la
creciente diversidad religiosa y cultural que está conviviendo en España, es la de
concienciar a los ciudadanos sobre estas cuestiones. “Hay que desarrollar la manera de que la población en general utilice estos registros, porque se conocen de modo insuficiente. Esto
es un derecho que muchos ciudadanos no saben que tienen”, manifiesta Roldán.
“Hay que
promover mucho más el desarrollo de las voluntades anticipadas y el uso de las mismas en los mecanismos oficiales”, añade el profesional. Para ello, tanto el
Ministerio de Sanidad como las
consejerías de Salud de las comunidades autónomas “tienen un papel muy importante”. “Es un gran reto que debemos desarrollar de cara al futuro”, sentencia.
Formación médica que sea científica y ética
La
formación ética es muy importante para que los profesionales sanitarios conozcan cómo
enfrentarse a este tipo de situaciones de la manera más correcta posible. “Es lo que nos hace ver los aspectos humanos del paciente”, desarrolla Roldán. “
La ley de autonomía del paciente fue un hito en cuanto al desarrollo de los derechos de los ciudadanos que acuden a consulta, y los médicos estamos completamente satisfechos con ella”, explica.
Según detalla, se trata de una normativa que “enmarca perfectamente la parte de la práctica médica”,
sin referirse “exclusivamente a lo científico”, no más bien “a la parte humana” de esta profesión. Partiendo de esta base y disponiendo de todos los conocimientos en materia ética,
los profesionales están respaldados en caso de actuaciones de emergencia.
"El principio de beneficencia debe primar siempre"
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“A veces no puedes perder unos minutos porque
esos minutos suponen la vida de tu paciente”, desarrolla. “En eses cosas estamos en una fase en la que un ser humano ha actuado con el
principio de beneficencia y otro al que se le ha producido un daño moral. Efectivamente, el principio de beneficencia debe primar siempre”, detalla.
“Si se ha actuado correctamente en cuanto a actuaciones de tiempo y espacio en relación con este concepto, habría poco reproche.
El propio código deontológico respalda este tipo de actuaciones”, concluye Roldán.
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