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Hay base legal para que el médico se jubile cuando quiera, cumplidos los 60

CESM prepara un documento jurídico para incluir a los sanitarios en el RD 1698/2011 por su penosidad laboral

Mercedes Ortín, CESM Aragón, y Tomas Toranzo, presidente de CESM.

03 nov 2018. 17.10H
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POR I. P. NOVA
La Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) apuesta por las prejubilaciones. Así lo ha ratificado tras confirmar a Redacción Médica que están trabajando en un documento jurídico que definirá una nueva horquilla en la edad de jubilación de la profesión médica de los 70 años a los 60.

Mercedes Ortín, secretaria general de CESM Aragón, está siendo la encargada de elaborar este estudio jurídico sobre penosidad laboral que daría una base legal a la que sería considerada como la primera iniciativa de la profesión médica para "anticipar la edad de jubilación sin una merma retributiva". La iniciativa sindical no es la primera en elaborarse en este sentido, los sindicatos de clase (CCOO y CSIF) ya han registrado peticiones similares. 

La facultativa de Aragón introduce que este proyecto se centra “únicamente” en las competencias referidas al personal estatutario. Su objetivo es que los profesionales médicos sean acogidos por el Real Decreto 1698/2011 que regula el régimen jurídico y el procedimiento general para establecer coeficientes reductores y anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social. 

Se trata de la primera iniciativa con base legal de médicos para médicos

De esta forma, CESM elabora un documento que avalará a aquellos sanitarios que cumplan los indicadores que exige el Real Decreto 1698/2011 para prejubilarse. Explica Mercedes Ortín que su labor es certificar que los médicos obedecen cada una de las características y, así, se unifiquen criterios a nivel nacional.

Inicialmente, el RD exige que la categoría profesional que quiere adelantar su edad de jubilación contenga elementos tales como la penosidad, toxicidad, peligrosidad o insalubridad, así como aquellos que contengan altos índices de morbilidad o mortalidad en el desarrollo de su actividad por "requerimientos físicos o psíquicos".

"Para entrar en este Real Decreto tiene que existir un organismo que inicie el procedimiento, la CESM estaría legitimada para hacerlo. Por ello, el paso que 'toca' es elaborar ese documento en el que se recoja la siniestralidad del sector, variables de género, etc", ha manifestado Mercedes Ortín.


Cómo asegurar la penosidad


Actualmente, los médicos tienen reconocido un complemento en la nómina por la penosidad, en concreto por dificultad, responsabilidad y peligrosidad o penosidad (F.R.P.), y, por consiguiente podría argumentar dicho supuesto de cara a la solicitud.

Respecto al ámbito de aplicación, además de aclarar que será solo en personal estatutario, CESM asegura que intentarán que se aplique en todas las especialidades sin cerrar las puertas a ninguna.  De esta forma, estos sanitarios se podrían al mismo nivel que los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, los mineros o los auxiliares de vuelo, los bomberos, etc...

Esta ‘discriminación’ entre especialidades sí la hacía CCOO que está preparando, desde su delegación en Andalucía, ese primer plan de prejubilación pero llegando solo a la especialidad de Urgencias.  “No se puede aplicar un coeficiente en uno y en otro especialista no. No queremos cerrarnos”, finaliza la encargada del estudio de CESM en un tono ilusionante.

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