Llegó 2026, y con él una serie de cambios en el
sistema de cotizaciones que puede afectar directamente al salario de los médicos españoles. Desde el 1 de enero, la Seguridad Social aplica la llamada
cuota de solidaridad, que sumado al
incremento del MEI (el Mecanismo de Equidad Intergeneracional) puede ‘arañar’ algunos cientos de euros al sueldo de los facultativos.
Vicente Matas, coordinador del
Centro de Estudios del Sindicatos Médico de Granada (Simeg), ya avanzó a
Redacción Médica que muchos profesionales del sector afrontarían un recorte cercano a los 100 euros debido al
incremento de la cotización del MEI, que este 2026 sube una décima hasta el 0,9 por ciento.
El trabajador
se hará cargo solo del 0,15 por ciento de esta cuota que continuará evolucionando hasta 2029, cuando quedará fijada en el 1,2 por ciento (frente al 0,9 actual). Lo que se ingresa a través de este canal va destinado a engrosar el
Fondo de Reserva de la Seguridad Social, la denominada 'hucha de las pensiones', que ha cerrado el 2025 por encima de los 14.000 millones de euros.
El propio Matas ya indicó que esta subida solo afectaría a los trabajadores con ingresos cercanos a los 61.200 euros anuales. En concreto, dicha cuantía ha quedado fijada en los
61.214,4 euros, o lo que es lo mismo,
5.101,2 euros mensuales.
Apunta el facultativo andaluz que “la
mayoría de los médicos cotizan por la base máxima”, lo cual no es un baladí, dado que precisamente esta cotización extra solo se aplicará a aquellos profesionales que superen ese límite. El MEI supondrá, por tanto, un recorte superior a los 92 euros para muchos facultativos.
Cuota de solidaridad para médicos
Este 2026 no solo aumenta el MEI sino también la
cuota de solidaridad, otra de las cotizaciones aprobadas por el Ejecutivo que grava los salarios más altos para
blindar el sistema de pensiones.
Este cargo solo se aplicará a los facultativos con mayor experiencia o altos cargos, que verán el próximo año cómo el el
límite de esta cotización subirá al 1,46 por ciento cuando se exceda más de un 50 por ciento de la base máxima.
Si el salario percibido está entre los 5.611,33 y los 7.651,8 euros mensuales, el tipo de cotización será del 1,25 por ciento (1,04 por ciento a cargo de la empresa y 0,21 por ciento del trabajador), mientras que si se cobran más de 7.651,8 euros mensuales, el tipo de cotización alcanzará el 1,46 por ciento, siendo el 1,22 por ciento a cargo de la empresa y
el 0,24 por ciento, a cargo del trabajador.
A modo de ejemplo, y tomando como referencia la base máxima de 5.101,2 euros al mes que estará vigente este año, los salarios un 10 por ciento superiores a la base máxima, en este caso 5.611,32 euros al mes, tendrán una cotización adicional del 1,15 por ciento sobre los 510,12 euros de ganancias que exceden de la base máxima, es decir, que cotizarían unos 5,86 euros más al mes o 70,3 euros más al año.
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