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Coronavirus: profesión de riesgo, vía a la prejubilación médica de máximos

Vicente Matas señala que el facultativo podría jubilarse a los 60 años, si quisiera, con el cien por cien de su pensión

Tomás Toranzo; Yolanda Díaz; Salvador Illa; y Vicente Matas.

10 may 2020. 19.00H
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La crisis del coronavirus Covid-19 ha vuelto a dar la razón a los médicos en una de sus reivindicaciones más históricas: la declaración de la profesión médica como una tarea de riesgo. Tal es así que desde el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (Cgcom) o del propio Sindicato Médico (CESM) han enviado sendas cartas al ministro de Sanidad, Salvador Illa y a la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz Pérez, en las que solicita que la profesión médica sea declarada de riesgo. Una petición que de llevarse a cabo repercutiría únicamente en la jubilación del facultativo, dado que este podría acogerse a ella mucho antes, asegurando además el cien por cien de la pensión.

Así lo explica a Redacción Médica Vicente Matas, vocal de la Comisión de Atención Primaria Urbana de la Organización Médica Colegial (OMC) y miembro de la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) Granada, que señala que un médico en la condición de profesión de riesgo “podría jubilarse a los 60 años, si quisiera, con el cien por cien de su pensión, que podría rondar los 2.600 euros”.

El motivo de esta reclamación, prosigue Matas, “está ahora más que justificado debido a la crisis del coronavirus Covid-19, donde los médicos están luchando en primera línea de batalla”. A efectos prácticos, sería el Gobierno quien tendría que añadir a la profesión médica entre las señaladas como las de riesgo, como es el caso de policías, mineros o bomberos.

En este caso, al ser profesión de riesgo “se aplicaría un factor corrector al tiempo cotizado por el médico, computando lo que sería un año de trabajo, como un año y dos meses. Bajo estas cuestiones, se les podría permitir que voluntariamente se puedan jubilar entre los 60 y los 70 años”.

Trabajo en condiciones de estrés


Y es que, tal y como denuncia Matas, “un médico con 33 años cotizados, si les sumamos todas las horas de guardias realizadas, es como si hubiera cotizado un total de 45 años. Esto se traduce además en que el médico ha trabajado en unas condiciones muy duras y de agotamiento”. 

Al ser profesión de riesgo, al médico "se le aplicaría un factor corrector al tiempo cotizado"

Pero a esta petición, desde CESM se suma una reclamación más con respecto al coronavirus Covid-19: otorgar la categoría enfermedad profesional a las profesiones que se contagien.

Tomas Toranzo, presidente de CESM, señala que llevarse a cabo esta media “los médicos no tendrían que demostrar que hay un contacto directo para el contagio, sino que en el ejercicio profesional se entiende que ha ocurrido esto, algo que sí que hay que demostrar en un accidente de trabajo”.

“Además, de cara a la pensión o a las posibles secuelas que puedan quedar, está considerado si se trata de una enfermedad profesional, puesto que la cantidad percibida sería mayor. Esto también afecta a las retribuciones, a todas las variaciones que pueda haber. Reclamamos ambas cosas, tanto que se incluya entre las profesiones de riesgo como que el contagio se considere enfermedad profesional”, subraya Toranzo.

Profesión con "penosidad"


En esta crisis del coronavirus Covid-19, los profesionales sanitarios forman parte de la diana del virus. En España la cifra de contagiados ya supera la de los 44.000 casos, un 20 por ciento del total de los mismos. Y el problema resulta más preocupante cuando nuestro país lidera el ranking mundial.

Unas cifras alarmantes, más aún cuando se comparan con el resto de países. En China, apenas se han reportado un 3,8 por ciento de los casos y en EEUU la cifra de profesionales sanitarios contagiados no supera el 3 por ciento del total. 

Ante esta situación, desde el ministerio que dirige Yolanda Díaz ya son conscientes de esta demanda por parte del colectivo médico. Pese a ello, fuentes oficiales de dicha institución señalan que la categoría de profesión de riesgo “no existe”.

“En todo caso, hay profesiones con “penosidad”, que sí se jubilan antes, pero no cobran más. Es decir, simplemente no se les aplican los coeficientes reductores que tienen otras personas cuando se jubilan antes de la edad legal, pero no tienen una prima”, aclaran desde el Ministerio de Trabajo. Ahora, el balón está en el tejado del Gobierno.

Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.