A la vista de una oleada de jubilaciones médicas y de la marcha de especialistas al sector privado o al extranjero, el Gobierno maniobró para introducir en las áreas de Familia y Pediatría la figura del
jubilado activo, que permitirá a los facultativos retirados alargar su trayectoria tres años compatibilizando su sueldo con hasta el
75 por ciento de la pensión. Los cálculos realizados por
Vicente Matas, responsable del centro de estudios del Sindicato Médico de Granada (SMG), sitúan en los
17.761,94 euros netos el impacto retributivo de esta vía para los profesionales, aunque avisa de que habrá una “sorpresa desagradable” en la futura declaración de la renta.
En su análisis sobre la repercusión de la jubilación activa entre el personal médico, Matas pone el ejemplo de un médico andaluz sin guardias, con 12 trienios y tercer nivel de carrera reconocido, que percibe
44.619,51 euros netos anuales una vez restado el IRPF y la Seguridad Social. Si trabajara media jornada, su retribución sería de 24.824,10 euros.
“En cualquiera de los casos anteriores, los médicos en jubilación activa reciben el 75 por ciento de su jubilación, que entendemos que será la
pensión máxima en la gran mayoría de los casos”, apunta el dirigente del SMG. El ‘tope’ se sitúa en los 3.058,51 euros al mes, pero si se aplica la reducción del 25 por ciento quedaría en
26.369,10 euros al año.
“
Las retribuciones en principio, deben ser las mismas, incluidos los complementos personales (trienios y carrera), pero es importante preguntarlo, pues puede haber discrepancias entre los centros, como las hubo en los casos de incorporación por covid”, recalca Matas, que añade que es “muy importante tener en cuenta que van a tener dos pagadores, que cada uno retendrá según las retribuciones anuales y después al año siguiente llega el momento de hacer la declaración de la renta y habrá sorpresa desagradable”.
En concreto, destaca que cuando llegue la hora de hacer la declaración de la renta en 2024, Hacienda sumará ambas retribuciones brutas y les aplicará la tabla del IRPF. “Los ingresos brutos anuales son 95.554,44 euros a los que les han retenido en total 21.922,48 y 2.643,35 euros de Seguridad Social, pero resulta que para estos ingresos la cuota del IRPF es de 30.529,64 euros, con algunas diferencias según la comunidad autónoma, por lo que tendrá que
abonar a Hacienda un total de 8.607,16 euros”, explica. Este pago se podrá realizar en dos plazos.
De esta forma, los ingresos netos serán de
62.381,45 euros al año, que suponen 17.761,94 más que los que obtendría con jornada completa sin jubilación activa y generando el derecho a un 4 por ciento de complemento de demora para su jubilación.
Límites a la jubilación activa del personal médico
Detalla Matas que el
acceso a la condición de jubilación activa podrán acceder quienes empezaron a percibir la pensión contributiva por retiro ordinario a partir del
1 de enero de 2022.
La edad de jubilación depende de los años cotizados y se sitúa en los 65 años (2022) o en los 66 y cuatro meses (2023). “Esta limitación no afecta a los que se hubieren acogido en su día a la compatibilidad de la pensión de jubilación con el nombramiento como personal estatutario o funcionario, realizado al amparo del Real Decreto de
alarma del covid, por lo que, en este caso, la jubilación anticipada puede acogerse al plan”, recalca el dirigente del SMG.
La compatibilidad se aplicará en caso de jornada a tiempo completo, así como en caso de jornada parcial del 50 por ciento respecto de la jornada.
“No se pueden realizar cualquier otro trabajo
por cuenta ajena o por cuenta propia que dé lugar a su inclusión en cualquier régimen de la Seguridad Social”, concluye.
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