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"No cuestionamos a la Enfermería, pedimos respetar la ley vigente"

La OMC ha señalado la importancia de guarecer la salud de los pacientes a través de la formación de los médicos

El presidente de la OMC, Tomás Cobo.


12 ene 2026. 17.30H
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La guía para la indicación, uso y autorización enfermera para medicamentos sujeros a prescripción médica para la infección de tracto urinario inferior no complicada en mujeres adultas ha sido suspendida cautelarmente. La Audiencia Nacional ha respaldado la solicitud de la Organización Médica Colegial (OMC) contra la efectividad de este manual hasta que no haya una sentencia firme sobre el recurso que presentaron contra este dosier. Bajo palabras de su presidente, Tomás Cobo, no por "cuestionar a la Enfermería", sino por respetar el actual marco legal.

El máximo responsable de la entidad colegial de la profesión facultativa ha remarcado que el auto apoya "los argumentos" presentados para "garantizar la seguridad del paciente y la adecuada cualificación profesional para el diagnóstico y tratamiento". En este sentido, Cobo ha señalado que hay que priorizar "la formación y las competencias legalmente atribuidas" frente a "la rapidez o la conveniencia organizativa". 

Esta decisión de la Audiencia Nacional responde a la petición de la OMC para desactivar la guía hasta la resolución del recurso contencioso-administrativo promovido por esta misma organización contra el Ministerio de Sanidad. Un acción legal contra la aprobación de esta herramienta, la cual permite a las enfermeras prescribir fosfomicina trometamol y nitrofurantoína para atender infecciones urinarios leves en mujeres. Y es que, bajo su punto de vista, estas profesionales no cuentan con la suficiente formación para llevar a cabo esta tarea. 

"Nuestra actuación ha sido responsable, proporcionada y orientada exclusivamente a la protección de los ciudadanos y la calidad del sistema sanitario"


Pese a que la Abogacía del Estado intentó evitar esta suspesión a través de la argumentación de los efectos que podría tener en la asistencia a las pacientes, el tribunal ha afirmado que, de momento, el ejercicio de la competencia prescriptora ha sido ejercida satisfactoriamente por los médicos y que requiere de un examen detallado sobre la formación de las enfermeras para poder aprobar las funciones descritas en la guía. "Nuestra actuación ha sido responsable, proporcionada y orientada exclusivamente a la protección de los ciudadanos y la calidad del sistema sanitario", ha relatado Cobo.


Respeto de las competencias


Según Cobo, esta acción "no supone un cuestionamiento del papel esencial de Enfermería", a la que define como una profesión "imprescindible y complementaria", sino "una llamada a respectar el marco legal vigente y el principio de prudencia cuando se adoptan decisiones que afectan directamente a la salud de las personas". Y es que la legislación actual determina que solo médicos, podólogos y odontólogos están capacitados para prescribir, siempre en sus esferas de conocimiento. 

El presidente de la OMC aboga por la colaboración entre los distintos gremios sanitarios, pero también por "la evaluación rigurosa, dialogada y sustentada en la evidencia científica y en la seguridad del paciente", cuando se trata de algún cambio competencial. 

No obstante, este panorama podría alterarse con la aprobación de la Ley del Medicamento. Y es que en el borrrador de esta se acepta la prescripción de fármacos por parte de enfermeras y fisioterapeutas. Precisamente, este punto es uno contra los que ha presentado alegaciones la OMC. 
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