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La OMC aclara su ambiguo informe: la homeopatía, una práctica "invalidada"

Los médicos reconocen que el documento puede dar lugar a una malinterpretación contraria a su intención

Serafín Romero y Juan José Rodríguez Sendín, presidente y expresidente de la OMC, respectivamente.

12 jun 2018. 11.00H
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POR REDACCIÓN
La Organización Médica Colegial (OMC) ha publicado este martes un comunicado en el que aclara el ambiguo informe de su Comisión de Deontología respecto a las pseudoterapias y técnicas no validadas científicamente. En él hace hincapié en su "rechazo" a todas las prácticas "invalidadas científicamente", entre las que incluye la homeopatía

Negando la naturaleza médica de esas prácticas, el organismo presidido por Serafín Romero asegura que el documento recientemente emitido por la Comisión Central de Deontología "ha podido dar lugar a una interpretación contraria al verdadero sentir de la profesión".

El manifiesto llega tras publicarse una carta remitida por la Comisión Permanente de la OMC a la Asociación para Proteger al Enfermo de Terapias Pseudocientíficas (Apetp). En ella, la organización colegial hace referencia a un informe de la Comisión de Deontología en la que manifestaba que es "deontológicamente correcto" el ofrecimiento y uso "por parte de los médicos" de prácticas no validadas científicamente. 

El organismo reconoce que la carta "ha podido dar lugar a una interpretación contraria al sentir de la profesión"



"En este informe la posición es clara y reiterada, yendo más allá del simple rechazo de prácticas invalidadas científicamente, también de la mala o engañosa utilización de cualquier otra práctica cuando en las conclusiones se afirma expresamente que son contrarias a la deontología médica", relata en el comunicado.

"Deber de infrormar adecuadamente"

A ello, la OMC añade que, una vez descartadas todas las prácticas invalidadas científicamente, el organismo "consideró necesario" ofrecer unas condiciones exigibles para aquellas prácticas médicas que, de acuerdo a la lex artis, "estén o puedan incluirse en un proceso de validación científica, es decir de investigación".

Es en este apartado cuando la OMC fija las "cuatro condiciones" que deben cumplir "todas las prácticas en cualquier proceso de validación de cualquier tipo". "En ningún caso, -reincide la OMC- se refiere a las prácticas invalidadas científicamente que previamente habían sido excluidas en el punto primero".

Por último, los médicos aseguran que el profesional que ejerza y aplique técnicas o terapias no reconocidas legalmente ni avaladas por la comunidad científica ni académica, "tiene el deber de informar adecuadamente a sus pacientes de manera entendible y asumir, si es el caso, todas las obligaciones y responsabilidades jurídico legales, profesionales y deontológicas (CDM) que puedan derivarse".


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