El
Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Proyecto de Ley por el que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de
Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo. La norma va cargada de novedades, entre las que destaca el derecho a la
baja temporal de las mujeres con reglas dolorosas. Un nuevo trámite que impacta directamente en el funcionamiento
Sistema Nacional de Salud (SNS), concretamente en lo relativo a la gestión de las bajas. Una tarea ante la que Atención Primaria pidió una colaboración en la que ni Ginecología ni Urgencias parecen dispuestos a participar.
Ante la
cantidad de bajas laborales que asumen los médicos de Familia, desde el
Foro de Atención Primaria ya se planteó antes de la aprobación de la norma, aún pendiente de finalizar su tramitación parlamentaria, una serie de propuestas para liberarles de la sobrecarga burocrática: la
autobaja de la paciente o la
implicación de los servicios de Ginecología y Urgencias. Lejos de recoger el guante, los profesionales de ambas disciplinas rehúsan esta competencia por considerar que la legislación actual no lo permite.
Así lo ha puesto de manifiesto
María Jesús Cancelo, vicepresidenta de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia
(SEGO) y jefa de Servicio de Ginecología y Obstetricia del Hospital de Guadalajara, quien asegura en declaraciones a
Redacción Médica que "los
médicos de Familia son los únicos facultativos que pueden tramitar una incapacidad laboral transitoria, concepto bajo el que se recoge el
dolor de regla".
De hecho, Cancelo subraya que "la
participación de los ginecólogos se limita a hacer el diagnóstico del por qué esa mujer tiene dolores con la regla, instaurar tratamientos para mejorar esa sintomatología y, en caso de que no mejore, mandar a la paciente a su médico de Atención Primaria para que le gestione la incapacidad laboral transitoria".
Amparo Fernández de Simón: "Los facultativos de Urgencias no pueden tramitar las bajas temporales de mujeres con reglas dolorosas"
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Un parecer que también comparte
Amparo Fernández de Simón, presidenta de la Sociedad Española de Medicina de Urgencias y Emergencias
(Semes) de Andalucía, con este medio. Para la especialista, "la gestión de las
bajas temporales de mujeres con reglas dolorosas recae solo y exclusivamente en los médicos de Atención Primaria, por lo que los facultativos de Urgencias no pueden tramitarla".
'Guerra' burocrática para gestionar bajas por regla dolorosa
Ante la carga burocrática, previsiblemente acrecentada ahora, que supone la gestión de bajas a
Atención Primaria, estos especialistas han avisado de que "a partir del 2023 ningún médico de Familia va a emitir un parte de baja de un paciente que esté ingresado en el hospital o en observación en urgencias", tal y como señaló
Francisco Jesús Sáez, representante de la Sociedad Española de Médicos Generales y de Familia
(SEMG) en el Foro de Atención Primaria.
María Jesús Calcedo: Las reglas por bajas dolorosas atañen a Atención Primaria, "así lo dice la legislación española"
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Para tomar esta determinación, desde el Foro de Primaria se alega que, "la
legislación de la gestión de las IT de 2014 deja muy claro que
cualquier facultativo del
Sistema Nacional de Salud (SNS) que valore al paciente es el que tiene que emitir el parte de baja. Sin embargo, esto no se lleva a cabo por los médicos hospitalarios”.
Sin embargo, para la vicepresidenta de la SEGO, la gestión de las bajas por reglas dolorosas es una tarea que atañe solo a la Atención Primaria, no porque los ginecólogos no quieran asumirla, sino porque "así lo dice la
legislación española". En este sentido, Calcedo recalca que "para que los ginecólogos puedan tramitar las bajas por reglas dolorosas, el primer paso que se debe llevar a cabo sería la
modificación de la legislación actual y, tras este, acordar que los médicos hospitalarios también puedan gestionarlas", concluye.
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