El Ministerio de Ciencia ha aprobado la creación de una figura que se encargará de
mediar entre los investigadores, el sector industrial y la sociedad en áreas del conocimiento como la sanidad. Este rol se desempeñará en las nuevas
Oficinas de Transferencia de Conocimiento (OTC) que podrán gestionar los resultados de los estudios científicos y actuar como enlace con otras empresas para hacer llegar las innovaciones hasta el mercado.
El Gobierno ha publicado en el
Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto que permitirá la creación de estos nuevos organismos, aunque no entrará en vigor de manera definitiva hasta el
segundo semestre de 2023. Podrán inscribirse en esta modalidad tanto las instituciones públicas vinculadas a universidades o centros de investigación como las privadas, siempre que no sean las propias generadoras del conocimiento. Entre los requisitos figura que dispongan de
personal con carácter permanente.
El objetivo de las nuevas oficinas es proteger los resultados de cualquier investigación mediante el desarrollo de títulos de
propiedad industrial e intelectual, a la par que gestionar cualquier contrato que suponga la transmisión de las nuevas tecnologías a terceros. “Se pretende institucionalizar el reconocimiento público a los esfuerzos realizados por las organizaciones dedicadas a la I +D+I, facilitar el conocimiento de sus buenas prácticas de gestión, y
promover su interacción con el sector industrial, a fin de generar rendimientos en términos de transferencia de conocimiento”, ha explicado el Ministerio de Ciencia.
Las evaluaciones comerciales, la promoción de la oferta tecnológica, la negociación de nuevos acuerdos de investigación, la
comunicación de los resultados o la promoción de prototipos serán otras de las funciones que podrán realizar estos nuevos intermediadores. Además también se encargarán de la
vigilancia tecnológica o de labores como el incremento de la
cultura científica para acercar esta realidad a la sociedad.
Criterios del registro público de OTC
El nuevo registro público dependerá directamente del Ministerio de Ciencia, que se encargará de comprobar que los solicitantes cumplen con los requisitos de las funciones y de que disponen de los medios de recursos humanos necesarios para llevar a cabo su papel.
“En ningún caso podrá admitirse en el Registro la inscripción de una entidad que no disponga de un mínimo de dos personas en su OTC, vinculadas a la entidad con carácter permanente o indefinido y que presten servicios a tiempo completo”, reza el Real Decreto.
Para acreditar estas especificaciones, los interesados deberán entregar una breve
historia curricular un organigrama de la organización, así como la
descripción de su personal, medios materiales y actividades habituales. El formulario se podrá rellenar de manera electrónica en la página web del Ministerio de Ciencia, donde quedarán adjuntos los documentos. Mientras que dispondrán de un plazo de 10 días hábiles para subsanar cualquier tipo de carencia.
Una de las principales ventajas de formar parte del nuevo registro público es que las entidades validadas podrán concurrir a la convocatoria de
ayudas dirigidas a la transferencia del conocimiento que se promuevan desde el Ministerio de Ciencia.
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