El
Ministerio de Sanidad acaba de publicar la última actualización de las presentaciones de medicamentos con el
15 por ciento de deducción del precio. Este listado recoge los
casi 450 fármacos afectados por el artículo 10 del Real Decreto Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público tras el periodo de alegaciones.
La
fecha de aplicación de esta disminución del precio para la gran mayoría es este mismo año, con carácter retroactivo, aunque también hay algunos fármacos que no comenzarán esta reducción
hasta marzo de 2023. Según establece la ley, los productos a los que se les aplica esta medida son medicamentos cuya financiación ha cumplido diez años y
no tienen un genérico o biosimilar que permita competencia en el mercado y la correspondiente reducción de su precio. En dicho listado se indica para cada presentación
el nomenclátor de aplicación de la deducción del 15 por ciento.
Además, por primera vez, esta actualización está
firmada por César Hernández García, director general de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, que
sustituyó a Patricia Lacruz en el cargo a finales de agosto.
Más de 100 fármacos se han caído de la lista
Esta relación ha sufrido
varias modificaciones en los últimos meses. Desde que se publicó la
resolución provisional a finales de febrero de este año, ha habido varias salidas de medicamentos, ya que inicialmente fueron
casi 600 los que se iban a beneficiar de esta reducción. Sin embargo, numerosas alegaciones han hecho que disminuya notablemente estas presentaciones.
Por su parte, el
Ministerio de Sanidad califica esta
medida de "extraordinaria", aunque hace casi una década que se aplica. Con esta norma, se logra una
deducción sobre el precio oficial de los fármacos con el objetivo de
"reducir el déficit público" y entre algunos de los beneficiados están
Cloruro de Sodio Physan, Zantac o Stalevo.
No obstante, contra la presente resolución todavía puede
interponerse un recurso de alzada en el plazo de un mes ante la Secretaría de Estado de Sanidad, conforme a lo establecido en
los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
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