Como parte de las actividades de control del mercado de la
Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps), este organismo ha seleccionado para su inclusión en la próxima campaña de control del mercado de 2024 los productos
destinados a la estimulación cerebral. Dentro de estos estimuladores cerebrales se encuentran productos certificados como productos sanitarios o productos incluidos dentro del Anexo XVI en el caso de no tener una finalidad médica.
Con esta campaña se da cumplimiento al artículo 93 del Reglamento 2017/745 (UE) de Productos Sanitarios en el que se establece que las autoridades competentes
efectuarán controles adecuados de las características de conformidad y prestaciones de los productos. El objetivo de estas campañas es
controlar y velar porque los productos cumplan con los requisitos establecidos por la legislación de la Unión Europea y no pongan en peligro la salud, la seguridad ni otros
aspectos de la protección del interés público.
Registro de comercialización de la Aemps
Conviene recordar que los productos sanitarios comercializados en territorio español deben estar incluidos en el
Registro de Comercialización de la
Aemps, de acuerdo a lo establecido en el artículo 18 del Real Decreto 192/2023 por el que se regulan los productos sanitarios en España. En la actualidad, este registro deberá realizarse a través de la
aplicación Comunicación de Comercialización de Productos Sanitarios (CCPS).
No obstante, cualquier
modificación o actualización de dichas comunicaciones, así como el cese de la comercialización, también es un
"requisito indispensable", indican, y se seguirá efectuando por las empresas a través de esta aplicación.
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