El Ministerio afirma que los precios de referencia seguirán generando ahorro, a pesar del Supremo

El departamento informa de que, hasta ahora, no había puesto en marcha la disposición derogada

Miércoles, 18 de noviembre de 2015, a las 18:39
Eduardo Ortega Socorro. Madrid
A pesar de que el Tribunal Supremo derogó la disposición por la que el precio de determinados fármacos debía bajar automáticamente si en otro país de la Unión Europea era inferior al que tenía en España, fuentes del Ministerio de Sanidad aseguran a Redacción Médica que esta decisión no afectará a los precios de referencia “como herramienta clave de sostenibilidad”.
 

Agustín Rivero, director general de Cartera Básica de Servicios del SNS y Farmacia.

De hecho, desde el departamento indican que “la postura del Ministerio es de respeto a las decisiones judiciales” y afirman que la sentencia “no supone, en la práctica ningún cambio”. ¿La razón? Que “la disposición anulada no se ha llegado a aplicar”, explican.
 
Es por esta razón que añaden que “el sistema de precios de referencia, una herramienta clave de sostenibilidad y también de predictibilidad, sigue funcionando” con la misma eficiencia en la obtención de ahorro. En cualquier caso, informan también de que “España está entre los países de la Unión Europea con precios de los medicamentos más bajos”.
 
Adiós a la caída de precios ‘a la europea’
 
La citada sentencia del Tribunal Supremo ha derogado la disposición adicional segunda del RD 177/2014, que establecía que el precio de determinados fármacos debía bajar automáticamente si en otro país de la Unión Europea era inferior al que tenía en España, considerando que dicho criterio vulnera la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos, pues establece un sistema de revisión de precios fuera de los supuestos legalmente previstos,  estimando el recurso interpuesto por Farmaindustria.
 
Fuentes de la industria consultadas por este medio precisan que el total de presentaciones dispensables en oficinas de farmacia e incluidas en precios de referencia asciende a 11.364 (teniendo en cuenta el Anexo 1 y el Anexo 7), de las cuales 438 (3,9 por ciento) están calculadas en base al precio medio ponderado y a 1.858 (16,3 por ciento) se les aplica el umbral mínimo. De esta manera, en total, 2.296 presentaciones afectadas por la disposición adicional segunda (20,2 por ciento).

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